Ficha disposicion

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Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2016, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, por la que se convocan becas para la realización de prácticas profesionales en las consejerías de turismo en el exterior



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Publicado en:  DOGV núm. 7737 de 09.03.2016
Número identificador:  2016/1627
Referencia Base Datos:  001763/2016
 



Extracto de la Resolución de 4 de marzo de 2016, del presidente de la Agència Valenciana del Turisme, por la que se convocan becas para la realización de prácticas profesionales en las consejerías de turismo en el exterior (oficinas españolas de turismo). [2016/1627]

BDNS (Identif.): 301918



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

 

Primero. Beneficiarios

Personas físicas, que reúnan los requisitos contenidos en las bases reguladoras, aprobadas y publicadas, según se contiene en el punto tercero del presente extracto.

 

Segundo. Objeto

Modalidad de las becas convocadas

Una beca en la oficina de la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática de España en París.

Los candidato/as deberán acreditar dominio oral y escrito del idioma francés.

 

Una beca en la oficina de la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática de España en Londres.

 

Una beca en la oficina de la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática de España en Bruselas.

Los candidato/as deberán acreditar dominio oral y escrito del idioma francés.

 

Una beca en la oficina de la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática de España en La Haya

Los candidato/as deberán acreditar dominio oral y escrito del idioma neerlandés.

 

Una beca en la oficina de la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática de España en Berlín.

Los candidato/as deberán acreditar dominio oral y escrito del idioma alemán.

 

Duración de las becas

El periodo de duración será de 12 meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión que será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, quedando condicionados los meses correspondientes al año 2017, a que exista consignación en ese ejercicio presupuestario.

 

Tercero. Bases Reguladoras

Incluidas en el anexo de la presente resolución:

Base primera. Objeto

Base segunda. Número y organismo en que se efectuarán las prácticas

Base tercera. Requisitos que deben reunir los solicitantes

Base cuarta. Duración de la beca

Base quinta. Dotación económica individual y pago de la beca

Base sexta. Plazo, lugar y forma de presentación de las solicitudes

Base séptima. Comisión evaluadora y proceso de selección

Base octava. Criterios y baremación de méritos personales

Base novena. Resolución y notificación.

Base décima. Derechos y obligaciones de la persona beneficiaria

Base undécima. Obligaciones de la entidad concedente

Base duodécima. Situaciones de la persona beneficiaria de la beca y régimen de incompatibilidades

Base decimotercera. Facultades de interpretación e incidencias

Base decimocuarta. Pérdida del derecho al cobro y reintegro

 Cuarto. Cuantía

La dotación económica de cada una de las becas será de veintiséis mil ochocientos ochenta euros (26.880 €) brutos anuales.

 

Quinto. Plazo representación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

 

Sexto. Otros datos

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán exclusivamente por vía telemática, tal como establece el artículo 2 de la Orden 17/2011, de 6 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas. Para ello, deberán acceder a la sede electrónica de la Generalitat www.sede.gva.es, https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/inicio apartado «Servicios Online» http://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/sel_buscador y a través de las direcciones de internet:

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16334

http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=16334 (en valenciano)



Criterios de valoración

Aparecen detallados en la base octava de las bases reguladoras.

 

Resolució i notificació

La resolución de concesión se dictará por el presidente de la Agència Valenciana del Turisme y se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y contendrá la lista de personas beneficiarias, así como una bolsa de reserva para cada beca.

La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación a las personas interesadas, y se insertará la información correspondiente en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet, www.gva.es, y en la página web www.turisme.gva.es



Valencia, 4 de marzo de 2016.– El presidente de la Agència Valenciana del Turisme: Francesc Colomer Sánchez.

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