Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 7 febrero de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se convoca el procedimiento de evaluación de continuidad de diversas jefaturas de servicio y de sección asistenciales en diferentes hospitales dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



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Publicado en:  DOGV núm. 7979 de 14.02.2017
Número identificador:  2017/1075
Referencia Base Datos:  001517/2017
 



RESOLUCIÓN de 7 febrero de 2017, del director general de Recursos Humanos y Económicos, por la que se convoca el procedimiento de evaluación de continuidad de diversas jefaturas de servicio y de sección asistenciales en diferentes hospitales dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. [2017/1075]

Dada la existencia de diversas plazas de jefatura de servicio y sección asistenciales en el diferentes hospitales dependiente de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, provistas por concurso de méritos con nombramiento temporal para la plaza, sujetas a evaluaciones cuatrienales a efectos de continuidad en las mismas, y vista la necesidad de regularizar la situación de los titulares de las mismas.

De conformidad con lo establecido en el capítulo V del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual se aprueba el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat, que contempla, en su artículo 32, la regulación de las evaluaciones cuatrienales a efectos de continuidad en las jefaturas de sección y servicio asistenciales.

En uso de la competencia atribuida por el artículo 17 del Decreto 156/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, resuelvo:



Primero

Convocar la evaluación específica de los jefes de servicio y sección nombrados al frente de las plazas relacionadas concurso para la provisión de las plazas relacionada en el anexo II, de acuerdo con las bases que se publican en el anexo I de esta resolución.



Segundo

El plazo de evaluación viene referido a los cuatro años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente resolución.



Tercero

Los titulares de las jefaturas de servicio y de sección continuarán provisionalmente en el desempeño de las mismas hasta que se publique el resultado de la evaluación que se convoca. Evaluada la actividad, se procederá a la confirmación o al cese, en función del resultado de la misma.



La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, podrán ser impugnados por los interesados, mediante la interposición del recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y, potestativamente, recurso de reposición ante esta dirección general, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que utilice cualquier otro recurso que, para su derecho, estime conveniente.



Valencia, 7 de febrero de 2017.– El director general de Recursos Humanos y Económicos: Justo Herrera Gómez.







ANEXO I

Bases de la convocatoria



Primera

Esta convocatoria será notificada a los titulares de las plazas sometidas a evaluación, que figuran relacionadas en el anexo II



Segunda

El titular de la plaza objeto de evaluación dispondrá del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, para presentar la siguiente documentación:

a) Memoria explicativa de la organización, funcionamiento y actividades de la unidad asistencial cuya jefatura ostenta, con inclusión de propuestas concretas en orden a la actuación y estructuración de la misma.

b) Currículum profesional relativo al periodo evaluable.



Tercera

En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria, la comisión de dirección del hospital cuya jefatura vaya a evaluar deberá emitir informe-propuesta motivado sobre la procedencia de la continuidad en la plaza de jefatura objeto de la evaluación, una vez visto el informe emitido por la junta del hospital.



Cuarta

La comisión de valoración, que será nombrada por el director general de Recursos Humanos y Económicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual se aprueba el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalidad, en relación con el Decreto 30/2012, de 3 de febrero, del Consell, por el que se modifica la estructura, funciones y régimen retributivo del personal directivo de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

La relación nominal de sus miembros será publicada en la pagina web de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y en los tablones de anuncios de las direcciones territoriales junto a la lista provisional de admitidos y excluidos.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la comisión de valoración tendrá su sede en los servicios centrales de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, calle Micer Mascó, número 31, 46010 Valencia.



Quinta

5.1.Desarrollo de la evaluación

a) Exposición de memoria y currículum profesional

El interesado expondrá y defenderá ante la comisión de evaluación, en sesión pública, un resumen de la memoria y del currículum aportados durante un tiempo máximo de 30 minutos.

La memoria explicativa deberá evaluar necesariamente de la jefatura que se trate:

1) Indicadores de la actividad de la unidad asistencial, tales como ingresos, estancia media, ocupación, número de intervenciones, número de exploraciones complementarias, número de consultas, número de interconsultas u otros.

2) Proyectos diseñados y puestos en marcha sobre organización de la unidad, formación continuada, docencia e investigación.

3) Número de sesiones clínicas y temas abordados en ellas.

4) Participación en comisiones de calidad.

5) Comunicaciones y trabajos científicos publicados, conferencias impartidas, así como otros actos relevantes para su formación, tanto en el campo de la gestión como en el asistencial, todo ello referido también al periodo sometido a evaluación.

6) Finalmente, deberán referirse a los planes y proyectos que tuvieran previsto desarrollar en el ámbito asistencial, de gestión y, en su caso, de la docencia e investigación en el cuatrienio siguiente, caso de renovarse el ejercicio de la jefatura.

b) Entrevista pública

Los miembros de la comisión de valoración entrevistarán en sesión pública al interesado en relación con la memoria, el currículum y los informes que obren en el expediente durante el tiempo máximo de una hora, a cuyo efecto el interesado tendrá acceso a los informes durante los diez días hábiles anteriores al acto.

5.2.La calificación a otorgar por la comisión de valoración, que será adoptada por la mayoría de sus miembros, se concretará en la propuesta favorable o desfavorable a la continuidad del evaluado o evaluada. No obstante el presidente o la presidenta de la comisión ostenta voto de calidad, pudiendo dirimir con su voto los empates.

5.3.Sin perjuicio de la motivación de la decisión y de la posibilidad que los miembros de la comisión puedan incorporar votos particulares al acta de la sesión de calificación, en caso de disconformidad con esta, la comisión hará pública, en la web de la Conselleria, únicamente la calificación global favorable a la continuidad o desfavorable a la continuidad que haya obtenido el aspirante.



Sexta

El acta de la sesión calificadora con la propuesta resultante favorable o no a la continuidad de la persona evaluada, será remitida a la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos, que tendrá carácter vinculante, excepto cuando no se hayan cumplido los requisitos formales y de procedimiento establecidos. El director general de Recursos Humanos y Económicos dictará resolución confirmando en la plaza de jefatura de servicio o sección al evaluado o evaluada, que será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Séptima

Por el contrario, cuando la calificación sea desfavorable a la continuidad o la persona interesada renuncie a la evaluación, dicha persona cesará en la plaza de jefatura de servicio o sección y se incorporará a la plaza de facultativo especialista que tiene reservada.







ANEXO II

Jefaturas objeto de la presente convocatoria



Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Plaza 37.670. Jefatura de Servicio Facultativa de Neumología.



Departamento de Salud de Sant Joan d'Alacant - Hospital Sant Joan

Plaza 33.164. Jefatura de servicio facultativa de Análisis Clínicos.

Plaza 33.165. Jefatura de servicio facultativa de Anestesiología y Reanimación

Plaza 37.651. Jefatura de servicio facultativa de Farmacia Hospitalaria

Plaza 33.160. Jefatura de servicio facultativa de Oftalmología

Plaza 33.161. Jefatura de servicio facultativa de Otorrinolaringología

Plaza 33.186. Jefatura de sección facultativa de Anatomía Patológica

Plaza 33.171. Jefatura de sección facultativa de Cardiología

Plaza 33.173. Jefatura de sección facultativa de Cirugía General y del Aparato Digestivo

Plaza 33.178. Jefatura de sección facultativa de Endocrinología y Nutrición

Plaza 32.534. Jefatura de sección facultativa de Hematología y Hemoterapia

Plaza 36.246. Jefatura de sección facultativa de Microbiología y Parasitología

Plaza 32.635. Jefatura de sección facultativa de Neumología

Plaza 33.168 Jefatura de sección facultativa de Neurología

Plaza 33.177. Jefatura de sección facultativa de Oftalmología

Plaza 33.170. Jefatura de sección facultativa de Oncología Medica

Plaza 38.305. Jefatura de sección facultativa de Urología



Departamento de Salud de Orihuela - Hospital la Vega Baja de Orihuela

Plaza 8.659. Jefatura de servicio facultativa de Obstetricia y Ginecología

Plaza 8.642. Jefatura de sección facultativa de Otorrinolaringología

Plaza 8.639. Jefatura de sección facultativa de Urología



Departamento de salud de Elda-Hospital General Universitario de Elda

Plaza 55.834. Jefatura de sección facultativa Cirugía General y del Aparato digestivo

Plaza 55.838. Jefatura de sección facultativa de Psiquiatría



Departamento de Salud Marina Baixa - Hospital de Villajoyosa

Plaza 58.593. Jefatura de servicio facultativa de Medicina Intensiva

Plaza 58.592. Jefatura de servicio facultativa de Urgencia Hospitalaria

Plaza 58.597. Jefatura de sección facultativa de Alergología.

Plaza 58.591. Jefatura de sección facultativa de Hematología y Hemoterapia

Plaza 58.590. Jefatura de sección facultativa de Neumología.

Plaza 58.589. Jefatura de sección facultativa de Reumatología.



Departamento de Salud de Alcoy - Hospital Virgen de los Lirios

Plaza 28.378. Jefatura de servicio facultativa de Cirugía General y del Aparato Digestivo

Plaza 37.660. Jefatura de servicio facultativa de Pediatría

Plaza 28.362. Jefatura de sección facultativa de Medicina Física y Rehabilitación

Plaza 53.560. Jefatura de sección facultativa de Urgencia Hospitalaria

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