Ficha disposicion

Ficha disposicion





Ayuntamiento de L'Atzúbia. RESOLUCIÓN 23/2017, de 9 de febrero, de la Alcaldía, sobre la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión de una plaza de administrativo/a



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 7979 de 14.02.2017
Número identificador:  2017/1170
Referencia Base Datos:  001512/2017
 



RESOLUCIÓN 23/2017, de 9 de febrero, de la Alcaldía, sobre la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para la provisión de una plaza de administrativo/a (grupo C, subgrupo C1) mediante concurso-oposición en el turno de promoción interna. [2017/1170]

Vista la Resolución de la Alcaldía número 173, de fecha 28 de noviembre de 2016, por la que se aprobó la lista provisional de admitidos y excluidos de la convocatoria en relación con las pruebas de selección de una plaza de administrativo (grupo C, subgrupo C1) mediante concurso-oposición y promoción interna.

Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de aspirantes.

De conformidad con las bases de la convocatoria aprobadas junto a la convocatoria por la Resolución de la Alcaldía número 83/2016, de fecha 13 de junio, y publicadas en el DOCV número 7857, de fecha 24 de agosto de 2016, y en virtud del artículo 10.2 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de la función pública valenciana, y del artículo 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local, resuelvo:



Primero. Aprobar de forma definitiva la relación de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria referenciada siguiente:



Relación de aspirantes admitidos: Carlos Vicens Vicens, con DNI número 73995400F.



Relación de aspirantes excluidos: ninguno.



Segundo. La composición del tribunal calificador es la siguiente:

Presidente: Josep Vicent Vidal Torralba, alcalde presidente del Ayuntamiento de L'Atzúbia.

Suplente: Maria Oltra Vidal, primera tenienta de alcalde del Ayuntamiento de L'Atzúbia



Vocal en representación de la Generalitat Valenciana: Ana Alfonso Terol, vicesecretaria del Ayuntamiento de Alboraya

Suplente: José Vicente Ruano Vila, secretario del Ayuntamiento de Alboraya.



Vocal: Ana Baydal Pastor, funcionaria del Ayuntamiento de Teulada.



Suplente: Alberto Miralles Torres, funcionario del Ayuntamiento de El Verger.



Vocal: Vicente Andrés Sendra, funcionario del Ayuntamiento de Teulada

Suplente: Antonio Perelló Rodríguez, funcionario del Ayuntamiento de El Verger.



Secretario: Ismael Cortell Vercher, secretario accidental del Ayuntamiento de Vall de Gallinera y L'Atzúbia.

Suplente: Josefina Sendra Torrent, funcionaria del Ayuntamiento de Benigembla



Tercero. La realización de los ejercicios empezará el día 9 marzo de 2017, a las 09.30 horas, en el Ayuntamiento de L'Atzúbia, sito en la calle Pont, número 5, y los aspirantes deberán presentar la documentación identificativa.



Cuarto. Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos, a los efectos oportunos, así como la designación del tribunal y la convocatoria para los ejercicios.



Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en las bases de la convocatoria del proceso de selección de una plaza de administrativo y el artículo 10.2 del Decreto 33/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de la función pública valenciana.



Contra la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que es definitiva en vía administrativa, es procedente interponer recurso contencioso-administrativo ante el Ayuntamiento o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, de acuerdo con lo que prevé el artículo 14.1, regla segunda, de la Ley 29/1998, de 13 de julio; cuando el recurso tenga por objeto actos de las administraciones públicas en materia de personal, será competente, a elección del demandante, el juzgado o el tribunal en cuya circunscripción tenga aquel su domicilio o se encuentre la sede del órgano autor del acto originario impugnado.

Cuando el recurso tenga por objeto actos de las entidades de la Administración local, la elección a que se refiere esta regla segunda se entenderá limitada a la circunscripción del Tribunal Superior de Justícia en que tenga su sede el órgano que hubiera dictado el acto originario impugnado, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme al artículo 46.1 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Podrá, no obstante, interponerse, en virtud de los artículos 116 y 117 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante este ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.



L'Atzúbia, 9 de febrero de 2017.– El alcalde: Josep Vicent Vidal Torralba.

Mapa web