Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2017, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convoca la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de enseñanzas artísticas profesionales y deportivas en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2017.



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Publicado en:  DOGV núm. 7973 de 06.02.2017
Número identificador:  2017/875
Referencia Base Datos:  001280/2017
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: cursos



RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2017, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convoca la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de enseñanzas artísticas profesionales y deportivas en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2017. [2017/875]

La Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, recoge en su artículo 14, las estancias formativas en empresas como una de las modalidades de formación permanente del profesorado que ofrece la posibilidad de formarse en entornos de trabajo profesionales reales, con la finalidad de adquirir aquellos conocimientos y prácticas que, no pudiendo ser adquiridos en otro tipo de acción formativa, son necesarios para su actuación docente en la especialidad.

De acuerdo con las competencias atribuidas por el artículo 6 del Decreto 155/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelve convocar la realización de estancias formativas en empresas o entidades ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, de acuerdo con lo siguiente:



Primero. Objeto

La presente resolución tiene como objeto convocar la realización de estancias de formación para el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de enseñanzas artísticas profesionales y deportivas y para asesores de formación destinados en el CEFIRE específico, de Formación Profesional, enseñanzas artísticas y deportivas, en empresas, organizaciones o instituciones ubicadas en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, durante el año 2017.



Segundo. Objetivos

Las estancias de formación en empresas del profesorado, como modelo de intervención en la formación del profesorado, pretenden conseguir los siguientes objetivos:

1. Conocer las diferentes técnicas empresariales de análisis de procesos (seguimiento y control, toma de decisiones...) y de análisis de logros (evaluación de necesidades, formación-demanda laboral, estudios prospectivos de perfiles profesionales...).

2. Adquirir experiencias del ámbito laboral en el entorno real de trabajo.

3. Potenciar la aplicación en el centro educativo de los conocimientos y técnicas adquiridas, posibilitando la actualización científico-técnica del profesorado a través del conocimiento de procedimientos de trabajo, instrumentación, métodos organizativos y procesos mediante la integración del profesorado en los diferentes procesos productivos.

4. Fomentar la cooperación entre los centros educativos y su entorno productivo facilitando la relación del profesorado objeto de la convocatoria con el mundo empresarial.

5. Conocer las posibilidades que ofrecen los módulos de Formación en Centros de Trabajo y/o de Fase de formación práctica en empresa, estudios y talleres, con el fin de facilitar su programación.

6. Analizar la viabilidad de establecer convenios de formación profesional dual entre el centro educativo y la empresa, organización o institución.



Tercero. Participantes

En esta convocatoria podrá participar el profesorado con atribución docente en Formación Profesional y de Enseñanzas Artísticas Profesionales y Deportivas que ejerza docencia directa durante el año 2017, en centros docentes públicos y privados concertados dependientes de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunitat Valenciana y los asesores de formación destinados en el CEFIRE específico, de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.

Sólo podrá presentarse una solicitud por participante y período de realización de la estancia.

El profesorado que haya participado en convocatorias anteriores y solicite participar en la actual convocatoria deberá presentar, obligatoriamente, una propuesta diferente al de la estancia anteriormente realizada.



Cuarto. Elección de la empresa, organización o institución

La estancia podrá realizarse en una empresa, organización o institución ubicada en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana o en el resto del territorio español, en la que el propio profesorado participante hubiese concertado particularmente la estancia.

En el supuesto de que el concierto se realice con una empresa, organización o institución, el titular o representante legal de la empresa propuesta no debe ser familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, del profesorado solicitante.



Quinto. Duración y períodos de realización

El tiempo de la estancia formativa para esta convocatoria será como mínimo de 20 horas y como máximo de 50 horas. En cualquier caso, se computarán un máximo de 8 horas diarias y un máximo de 30 horas semanales.

La estancia formativa podrá realizarse durante uno de los siguientes períodos:

–Primer período, curso escolar 2016-2017: entre el 3 de abril y el 31 de julio de 2017.

–Segundo período, curso escolar 2017-2018: entre el 16 de octubre y el 31 de diciembre de 2017.

El horario de realización de la estancia no podrá coincidir con el horario lectivo del profesor y estará condicionado a las circunstancias productivas de las empresas.

Se podrán realizar estancias formativas en más de una empresa durante el mismo periodo, sin superar un total de 50 horas.



Sexto. Formalización de solicitudes, procedimiento y requisitos

Los solicitantes que deseen participar deberán cumplimentar la solicitud por vía telemática, utilizando los formularios que estarán a su disposición en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte / Formación del Profesorado: http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesorado/estancias-formativas-en-empresas.

Una vez cumplimentados, se enviarán vía on-line y se imprimirán los documentos preceptivos resultantes.

Dichos documentos, una vez firmados y sellados como corresponda, serán escaneados y enviados a través de la misma plataforma telemática.

Además, se presentarán en soporte papel, en original o copia compulsada, preferentemente en el Registro General de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte o en cualquiera de los lugares y por los procedimientos a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si, en uso de ese derecho, el expediente es remitido por correo, se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que proceda a su certificación.

Será motivo de exclusión la falta de comunicación telemática de la solicitud, así como la no presentación de la solicitud y la documentación requerida en un registro público por parte de los participantes en dicho plazo.



Séptimo. Presentación de solicitudes

1. Primer período: para las estancias que se realicen entre el 3 de abril y el 31 de julio de 2017, el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte / Formación del Profesorado: http://www.ceice.gva.es/web/formacion-profesorado/estancias-formativas-en-empresas.

2. Segundo período: para las estancias que se realicen entre el 16 de octubre y el 31 de diciembre de 2017, se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes de acuerdo con la convocatoria que se hará pública durante el mes de septiembre en la citada página web de la Conselleria de Educación, Investigación Cultura y Deporte.

Cuando las estancias se realicen en más de una empresa durante el mismo periodo, se presentará una solicitud por estancia.



Octavo. Solicitud y documentación complementaria

La documentación necesaria para optar a las estancias formativas en empresas, organizaciones o instituciones, a cumplimentar según formularios facilitados en la web arriba indicada, se dirigirá al Servicio de Formación del Profesorado y constará de:

1. Solicitud.

2. Propuesta de estancia (será suficiente la comunicación telemática, no siendo necesaria su presentación en soporte papel), en el que se especificará:

a) Objetivos generales.

b) Características de la empresa.

c) Justificación de la elección de la empresa, organización o institución.

d) Programación de las actividades, período previsto de realización (duración) y temporalización.

e) Relación existente entre competencias profesionales, personales y sociales de las enseñanzas de la familia profesional a la que pertenece y las posibilidades técnicas y organizativas de la empresa, organización o institución.

3. Autorización de la empresa, organización o institución donde se realizará la estancia formativa. En el caso de haber designado tutor, se indicarán sus datos personales en el documento.

4. Certificación de la secretaría del centro en el que conste:

a) Situación administrativa del profesorado solicitante.

b) Enseñanzas y materias o módulos que imparte.

c) Horario a cumplir en el centro.



Noveno. Instrucción y comisión de selección

El órgano instructor de la presente convocatoria será el Servicio de Formación del Profesorado.

Como órgano colegiado en el proceso de valoración y selección de las propuestas de estancias se constituirá una comisión de selección y seguimiento, integrada por los siguientes miembros que emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación. La comisión estará constituida por:

Presidente/a:

– El/la jefe del Servicio de Formación del Profesorado o persona en quien delegue.

Vocales:

– Un/a representante de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

– Dos asesores/as del CEFIRE específico, de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas.

Secretario/a:

– Un/a representante del Servicio de Formación del Profesorado.



Diez. Criterios de selección

1. Profesores/as participantes

1.1. Adecuación a los ciclos formativos correspondientes de los objetivos planteados en la propuesta de estancia (hasta 2 puntos).

1.2. Actualización en determinados aspectos técnicos cuya especificidad hace difícil el acceso a ellos por otros medios (hasta 3 puntos).

1.3. Idoneidad de las materias susceptibles de ser impartidas por el profesorado solicitante, de acuerdo con los objetivos planteados y la empresa seleccionada (hasta 5 puntos).

2. Interés y calidad de la propuesta de estancia presentada

2.1. Idoneidad de la empresa seleccionada para la consecución de los objetivos de la estancia (hasta 5 puntos).

2.2. Adecuación de la propuesta al entorno productivo del centro educativo del profesorado participante (hasta 5 puntos).

Para ser seleccionada, la estancia ha de obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de los subapartados anteriores.



Once. Resolución

1. Propuesta motivada de resolución

El Servicio de Formación del Profesorado, a la vista del expediente y del informe de la comisión de selección formulará la propuesta de resolución provisional, que se hará pública a través de la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Servicio de Formación del Profesorado.

Se abrirá un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de su publicación para presentar alegaciones ante la comisión, que se realizarán a través de la página web arriba indicada.

Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, el Servicio de Formación del Profesorado formulará propuesta de resolución definitiva al Secretario Autonómico de Educación e Investigación.

2. Resolución definitiva

Vista la propuesta del Servicio de Formación del Profesorado, el secretario autonómico de Educación e Investigación aprobará la selección definitiva de las estancias de formación, la cual será notificada a los interesados a la dirección de correo electrónico indicado en la documentación presentada y publicada en la página web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Servicio de Formación del Profesorado.



Doce. Renuncias

Si existen causas justificadas que impidan la incorporación del profesorado a la empresa, organización o institución se podrá renunciar a la estancia. La renuncia se presentará en el Registro General de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La no incorporación a la empresa, organización o institución, o su abandono antes de la finalización sin causa justificada, supondrá la renuncia a la participación en estas estancias formativas durante los dos años siguientes.



Trece. Seguimiento, evaluación y certificación

El CEFIRE específico, de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas, realizará el seguimiento, evaluación y certificación de estas estancias formativas.

Para la evaluación de la realización de la estancia, el participante enviará la memoria final, que incluirá la documentación siguiente:

a) Certificación, firmada y sellada, de la empresa, organización o institución acreditando la realización de la estancia, especificando las horas totales, las fechas y lugar de realización. Podrá utilizarse el modelo facilitado en la web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Servicio de Formación del Profesorado.

b) Objetivos alcanzados a la finalización de la estancia.

c) Desarrollo de la estancia. En este apartado se hará constar el trabajo realizado en las diferentes fases de la misma, así como las implicaciones organizativas que ha supuesto su desarrollo.

d) Conclusiones y sugerencias. Se reflejarán los logros de la estancia y su incidencia en la docencia directa, la valoración del proceso seguido y del producto alcanzado, y las propuestas que, para el futuro, se derivan de su realización.

Dicha documentación se remitirá vía on-line en la página de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, Servicio de Formación del Profesorado, utilizando los medios facilitados por el servidor. Para ello, el certificado de acreditación de la estancia referido en el apartado a deberá ser escaneado, y el resto de documentación correspondiente a los apartados b, c y d será enviada directamente en un único fichero, preferentemente en formato OpenDocument o PDF.

El plazo para la entrega de esta documentación será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la finalización de la estancia. Para proceder a su evaluación dicha documentación deberá estar completa y bien cumplimentada.

Una vez estudiada la documentación remitida, el CEFIRE específico, de Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Deportivas, realizará los informes de seguimiento y elaborará el acta final de Evaluación.

A los asistentes se les certificará por dicho CEFIRE las horas totales de duración de la estancia realizada indicadas en el acta final de Evaluación, hasta un máximo de 50 horas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, con indicación de la empresa, las horas y la fecha de realización.

Las empresas, organizaciones o instituciones recibirán de oficio un certificado acreditativo de su colaboración de la Secretaria Autonómica de Educación e Investigación. Asimismo, podrán recibir dicho certificado, previa petición dirigida al Servicio de Formación del Profesorado, las personas o tutores designados por la empresa, organización o institución en la atención al programa de estancias formativas, que figuren en el documento de autorización para la realización de la estancia formativa.



Catorce. Vinculación con la organización o institución o empresa de acogida

Durante el período de estancia formativa, el profesorado no tendrá ninguna vinculación o relación laboral con la empresa, organización o institución de acogida, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal, por lo que queda excluido de la legislación laboral vigente.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte suscribirá una póliza de seguro de accidentes para cubrir las posibles contingencias del profesorado en formación práctica, durante el período de realización de la estancia.



Quince

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



Valencia, 23 de enero de 2017.– El secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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