Ficha disposicion

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DECRETO 187/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2014 para el personal de la Administración de la Generalitat.



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Publicado en:  DOGV núm. 7399 de 10.11.2014
Número identificador:  2014/10234
Referencia Base Datos:  009958/2014
 



DECRETO 187/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2014 para el personal de la Administración de la Generalitat. [2014/10234]

Dentro del marco legislativo del artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, establece que, anualmente, el Consell determinará las necesidades de personal con consignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos existentes o estén cubiertas por personal interino, a los cuales se refiere el artículo 16.2.a, mediante la aprobación de la oferta de empleo público, que será publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Esta previsión debe matizarse de acuerdo con lo que prevén las leyes de presupuestos, tanto del Estado como de la Generalitat, para 2014, que limitan la incorporación de nuevo personal a determinados sectores funcionales en los que la tasa de reposición de efectivos se fija en un máximo del 10 %, respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos. Los criterios para el cálculo de dicha tasa son los definidos en el apartado 1.3 del artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, según el cual no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la misma aquellas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

Debe tenerse en cuenta que la Generalitat, como consecuencia de las restricciones que han sido necesarias para afrontar la crisis económica, no ha convocado en los tres últimos ejercicios presupuestarios ofertas de empleo público en el ámbito cuya gestión viene atribuida a la Dirección General de Recursos Humanos. Durante ese mismo periodo se ha llevado a cabo una reestructuración de la Administración pública valenciana derivada de la adaptación al nuevo sistema de cuerpos establecido en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, así como de la aplicación de criterios organizativos tendentes a dotar a la misma de una mayor eficiencia.

Tras este periodo, en el momento presente se manifiesta la necesidad de la incorporación de nuevo personal en determinados sectores funcionales que se consideran especialmente afectados por el transcurso de tres años sin reposición de efectivos, así como por la asunción de nuevas responsabilidades relacionadas con la gestión eficiente de los recursos públicos.

En esta situación, y dentro del marco normativo antes expuesto, mediante el presente decreto se pretende establecer los criterios que deben presidir los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración de la Generalitat, compatibilizando la austeridad en materia de gastos de personal con la búsqueda del mayor grado de eficacia posible en la prestación de los servicios públicos.

Para ello se hace uso de la posibilidad que ofrece el apartado 3 del artículo 32 de la de la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2014, sobre acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector o función en aquellos puestos de trabajo cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. También, dentro de las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se utiliza la promoción interna, no afectada por la tasa de reposición, como instrumento de planificación y reestructuración de los recursos humanos, con la finalidad de alcanzar una Administración más profesionalizada sin afectar a las disponibilidades presupuestarias.

Con el objeto de respetar lo dispuesto en el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público, dentro de esta oferta, y por tanto, dentro de los límites derivados de la tasa de reposición establecida por las Leyes de Presupuestos para 2014, se incluyen 5 plazas de la Oferta Pública de Empleo de 2010 que no habían podido ser convocadas antes del inicio del presente año: 2 plazas de agrupación profesional funcionarial sector administración general, subalternos (APF 01-01), turno discapacidad intelectual, y 3 plazas de agente medioambiental (C1– 13-03).

Por otra parte, se cumple con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, que establece que en las Ofertas de Empleo Público se reservará un cupo no inferior al 7 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, de modo que, al menos, se alcance el 2 % de los efectivos totales.

Asimismo, se han introducido en el decreto medidas para garantizar que en los procesos selectivos sea efectiva la igualdad entre mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

El presente decreto ha sido negociado con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Función Pública, en la reunión de 22 de octubre de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 154.2.l de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Por todo ello, en ejecución de las atribuciones previstas en el artículo 8 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, con los informes favorables de la Abogacía General de la Generalitat y de la Dirección General de Presupuestos, a propuesta del conseller de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 7 de noviembre de 2014,





DECRETO



Artículo 1. De la Oferta de Empleo Público

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como lo previsto en el artículo 32 de la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2014, y en el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el mismo ejercicio, se aprueba la oferta de empleo público correspondiente a dicha anualidad, para el ámbito de la Administración de la Generalitat y referida exclusivamente a puestos de trabajo cuya gestión tiene atribuida la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.



Artículo 2. Contenido de la oferta

1. La presente oferta de empleo público contiene plazas correspondientes a puestos de trabajo que están dotados presupuestariamente e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo aprobadas. Dichos puestos se encuentran vacantes o se hallan desempeñados de modo interino o temporal, perteneciendo, en todo caso, a sectores, funciones y grupos que se consideran absolutamente prioritarios o afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, y están incluidos entre los previstos en el artículo 32.2 de la Ley 6/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2014.

2. Las plazas a que se refiere el apartado anterior ascienden a un total de 44, y son las que se indican en los anexos del presente decreto, con especificación del cuerpo o escala, así como del número de puestos de la oferta comprendidos en cada apartado.

3. En la presente oferta se incluyen 24 plazas que corresponden al turno libre (anexo I) y 20 a promoción interna (anexo II), dándose cumplimiento a lo previsto en el artículo 119 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, en cuanto a la reserva para la promoción interna del personal.

4. Las plazas incluidas en el anexo II que resulten desiertas tras el correspondiente proceso selectivo de promoción interna no podrán ser acumuladas a convocatorias de turno libre, a excepción de lo previsto en el apartado 2 del artículo 3 del presente decreto.



Artículo 3. De las convocatorias

1. Los procesos selectivos derivados de la presente oferta de empleo público deben ser convocados por la Consellería de Hacienda y Administración Pública dentro de los ejercicios 2014 y 2015, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, y demás disposiciones que sean de aplicación.

2. La convocatoria de las plazas del subgrupo C1, sector administración especial, agente medioambiental, quedará ejecutada a través de los procesos selectivos números 22/10 y 23/10, convocados, respectivamente, mediante las órdenes números 10 y 11, de 10 de junio de 2014, de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, con el objeto de cumplir lo dispuesto en el artículo 70.2 del Estatuto Básico del Empleado Público. En relación con estos procesos no será de aplicación lo previsto, con carácter general, en el artículo 2 punto 4 del presente decreto.



Artículo 4. Reserva para personas con discapacidad

Se reserva, al menos, un 7 % de la totalidad de las plazas contempladas en esta oferta de empleo público para ser cubiertas entre personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que esta sea compatible con el desempeño de las funciones propias de los puestos de trabajo, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.



Artículo 5. Desarrollo de los procesos selectivos para personas con discapacidad

1. Las pruebas selectivas destinadas a personas con discapacidad tendrán idéntico contenido que las establecidas para el resto de los aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, para asegurar que las personas con discapacidad participan en condiciones de igualdad, a excepción de lo dispuesto en el apartado siguiente.

2. En las convocatorias para el acceso de personas con una discapacidad de tipo intelectual se establecerá una modulación de las pruebas de modo que estas se dirijan especialmente a acreditar que los aspirantes poseen las aptitudes imprescindibles que les permitan realizar las tareas propias del puesto de trabajo.



Artículo 6. Medidas para promover la igualdad de género

Las convocatorias deberán incluir como criterio de desempate, antes del sorteo o primera letra del apellido, la resolución en favor del sexo que estuviera infrarrepresentado dentro del colectivo de personas que formen parte del cuerpo o escala objeto de la convocatoria.



Artículo 7. Puestos a cubrir mediante procedimientos específicos

El sistema de selección para cubrir las plazas del cuerpo A1-02 (Cuerpo Abogados de la Generalitat) se realizará de conformidad con su normativa específica.





DISPOSICIÓN ADICIONAL



Única

Se faculta al conseller de Hacienda y Administración Pública para la aplicación y ejecución de este decreto.





DISPOSICIÓN FINAL



Única

El presente decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 7 de noviembre de 2014



El president de la Generalitat,

ALBERTO FABRA PART



El conseller de Hacienda y Administración Pública,

JUAN CARLOS MORAGUES FERRER

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