Ficha disposicion

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DECRETO 123/2016, de 23 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2016 para seleccionar personal gestionado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.



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Publicado en:  DOGV núm. 7885 de 30.09.2016
Número identificador:  2016/7567
Referencia Base Datos:  007343/2016
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: personal estatutario de instituciones sanitarias, ofertas de empleo público y oposiciones, A/A1, B/A2, C/C1, D/C2



DECRETO 123/2016, de 23 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2016 para seleccionar personal gestionado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. [2016/7567]

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, así como el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, conforman, con carácter básico, los criterios que determinan la Oferta de Empleo Público, concibiéndose esta como un instrumento de planificación eficiente de las necesidades de personal y como sistema de racionalización de los procesos selectivos, para la consecución de la eficacia en la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.

Así, los artículos 12 y 13 del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, establecen la necesidad de la planificación en la gestión de los recursos humanos de los servicios de salud, orientada a su adecuado dimensionamiento, distribución, estabilidad, desarrollo, formación y capacitación, en orden a mejorar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios. En concreto, el artículo 12.2 de dicha ley determina que, en el ámbito de cada servicio de salud y previa negociación en las mesas correspondientes, se adoptarán las medidas necesarias para la planificación eficiente de las necesidades de personal y situaciones administrativas derivadas de la reasignación de efectivos, y para la programación periódica de las convocatorias de selección, promoción interna y movilidad.

El artículo 69.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, recoge la oferta de empleo público entre las medidas de posible inclusión en los mencionados planes de ordenación, estableciendo el artículo 70 que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de dicha oferta.

En el mismo sentido, el artículo 3 del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat, define y regula la oferta de empleo público para estas plazas.

Los artículos 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y 32 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016, limitan la incorporación de nuevo personal a determinados sectores y administraciones, entre las que se incluyen aquellas con competencias sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud. Asimismo, determinan que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del cien por ciento, respetando, en todo caso, las limitaciones presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gasto, y establecen los criterios para el cálculo de dicha tasa, no computando dentro del límite máximo de plazas derivado de la misma aquellas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna. Por tanto, en las convocatorias derivadas de esta oferta de empleo público no se acumularán al turno libre las plazas correspondientes a los procesos de promoción interna que pudieren resultar desiertas tras la realización de las oportunas pruebas selectivas.

Así, en esta oferta de empleo se incluyen tanto las plazas que deben proveerse por personal de nuevo ingreso mediante el sistema de acceso libre, como aquellas a proveer mediante procesos selectivos de promoción interna, dentro de las previsiones contenidas en el artículo 55 del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat Valenciana, facilitando de este modo el derecho a la carrera profesional del personal al servicio de la Administración pública reconocido en el artículo 40 del citado estatuto marco.

También hay que indicar que, mientras la mayor parte de las plazas ofertadas son de naturaleza estatutaria, distribuidas según categorías profesionales, las de naturaleza funcionarial se distribuyen según los cuerpos y, en su caso, escalas recogidos en el anexo lll de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

En esta oferta, y según lo previsto en el Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell, en relación con el artículo 59 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva un siete por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con diversidad funcional, considerando como tales las incluidas en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

Cabe señalar que el Consell, mediante el Decreto 203/2014, de 28 de noviembre, aprobó la oferta de empleo público para 2014 de personal de instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad, con un total de 282 plazas ofertadas y por Decreto 70/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2015 para personal de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad, con un total de 934 plazas. Como quiera que la convocatoria de los procesos selectivos todavía no ha concluido, y una vez haya sido aprobada y publicada esta oferta de empleo, por economía de medios y procedimientos, se contempla la posibilidad de acumular en una única convocatoria las plazas correspondientes a las mismas categorías o cuerpos de las ofertas de empleo pendientes con las de la actual.

Se ha introducido una disposición adicional tercera de cambio de denominación de la categoría estatutaria de auxiliar de enfermería por la de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería atendiendo a una reivindicación sindical que se había planteado históricamente desde que se implantó la modificación del plan de estudios mediante los reales decretos 546 y 558/1995 del Ministerio de Educación y Ciencia, que establecen el título y el currículo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería.

Por último, y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 79 y 80.2.d de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, esta oferta de empleo público ha sido objeto de negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat, a propuesta de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, de acuerdo con el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, previa deliberación del Consell, en la reunión del día 23 de septiembre de 2016,





DECRETO



Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público

Se aprueba la oferta de empleo público de 2016 para seleccionar personal de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, en los términos que establece este decreto.



Artículo 2. Contenido de la oferta de empleo

1. La oferta de empleo público aprobada por este decreto está constituida por plazas vacantes y dotadas económicamente en el Presupuesto de la Generalitat para el presente ejercicio.

2. La distribución de dichas plazas se realizará según lo establecido en el anexo de este decreto.

Así, del total de esta oferta, que asciende a 2.392 plazas, se detalla por categorías profesionales, con indicación del número total de plazas por categoría, el número de plazas correspondiente al turno libre, y el número de plazas correspondientes a promoción interna de personal estatutario fijo y personal funcionario de carrera.



Artículo 3. Convocatorias y plazo de desarrollo de la oferta

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20. cinco de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 y por el artículo 70.1 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública convocará y resolverá los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público que se aprueba, en el plazo improrrogable de tres años desde la publicación de este decreto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Artículo 4. Acceso para personas con diversidad funcional

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat, en relación con el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se reservará un siete por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con diversidad funcional, considerando como tales las incluidas en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su diversidad funcional y la compatibilidad con el desempeño de las funciones, de modo que, progresivamente, se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en esta administración pública.





DISPOSICIONES ADICIONALES



Primera. Facultades de aplicación y ejecución

Se autoriza a la persona titular de la conselleria competente en materia de sanidad universal y salud pública para la aplicación y ejecución de este decreto.



Segunda. Acumulación de ofertas

Las plazas recogidas en esta oferta de empleo se podrán acumular a las recogidas en las ofertas de empleo público de 2014 y 2015 para seleccionar personal de instituciones sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, realizándose la convocatoria de una especialidad, categoría o cuerpo de dichas Ofertas de Empleo Público de forma conjunta.



Tercera. Cambio de denominación de la categoría de personal estatutario de auxiliar de enfermería.

En el ámbito del personal estatutario del servicio de salud de la Comunitat Valenciana, se cambia la denominación de la categoría profesional estatutaria de auxiliar de enfermería por la de «técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería».





DISPOSICIÓN FINAL



Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 23 de septiembre de 2016



El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER



La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública,

CARMEN MONTÓN GIMÉNEZ

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