Corrección de errores del Decreto 72/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se establece la demarcación territorial de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario de la Comunidad Valenciana
Texto | Texto2 | |
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Publicado en: | DOGV núm. 5564 de 26.07.2007 | |
Número identificador: | 2007/9777 | |
Referencia Base Datos: | 9873/2007 | |
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Análisis jurídico
Texto Texto Texto2 Fecha de entrada en vigor: 27.07.2007 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Texto Texto Texto2 Origen disposición: Conselleria Economía, Hacienda y Empleo Grupo Temático: Legislación, Reglamentación Materias: Normativa tributaria Descriptores: Temáticos: impuesto sobre transmisiones patrimoniales, recaudación de impuestos, hacienda regional , monografías
Corrección de errores del Decreto 72/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se establece la demarcación territorial de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario de la Comunidad Valenciana (DOCV número 5.517 de 22 de mayo de 2007). [2007/9777]
Se han observado diversos errores en el texto del citado decreto, por lo que se procede a su corrección:
En la página 20.390, en el anexo del decreto, en la versión en valenciano, en el apartado correspondiente a la Oficina Liquidadora de Benaguasil, subapartado «Àmbit Territorial», donde dice:
«Benaguasil, Riba-roja de Túria i Vilamarxant»";
Debe decir:
«Benaguasil, Loriguilla, Riba-roja de Túria i Vilamarxant».
En la página 20.391, en el anexo del decreto, en la versión en valenciano, en el apartado correspondiente a la Oficina Liquidadora de Chelva, subapartado «Àmbit Territorial», donde dice:
«Loriguilla»;
Debe decir:
«Loriguilla Viejo».
En la página 20.395, en el anexo del decreto, en la versión en castellano, en el apartado correspondiente a la Oficina Liquidadora de Benaguasil, subapartado «Ámbito Territorial», donde dice:
«Benaguasil, Riba-roja de Túria y Vilamarxant»;
Debe decir:
«Benaguasil, Loriguilla, Riba-roja de Túria y Vilamarxant».
En la página 20.396, en el anexo del decreto, en la versión en castellano, en el apartado correspondiente a la Oficina Liquidadora de Chelva, subapartado «Ámbito Territorial», donde dice:
«Loriguilla»;
Debe decir:
«Loriguilla Viejo».