Ficha disposicion

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DECRETO 152/2003, de 29 de agosto, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Decreto 80/2003, de 27 de junio, por el que se crea y regula la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios.



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Publicado en:  DOGV núm. 4577 de 01.09.2003
Número identificador:  2003/Q9694
Referencia Base Datos:  3993/2003
 



DECRETO 152/2003, de 29 de agosto, del Consell de la Generalitat, por el que se modifica el Decreto 80/2003, de 27 de junio, por el que se crea y regula la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios. [2003/Q9694]

Por el Decreto 80/2003, de 27 de junio, el Consell de la Generalitat crea y regula la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios con objeto de adaptarse a lo dispuesto en la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, tras la modificación que de esta ley hizo la Ley 1/2002, de 26 de febrero, de la Generalitat.

Iniciada la andadura de este nuevo órgano, parece oportuno que la norma que lo regula incluya una referencia a la asistencia del director del Gabinete Jurídico de la Generalitat a los efectos de prestar el oportuno asesoramiento jurídico sobre los asuntos que le requiera el presidente de la Comisión.

Por todo ello, a propuesta del conseller de Presidencia y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en reunión del día 29 de agosto de 2003,

DECRETO

Modificar el artículo 2 del Decreto 80/2003, de 27 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula la Comisión de Secretarios Autónomicos y Subsecretarios, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 2. Composición de la Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios.

La Comisión de Secretarios Autonómicos y Subsecretarios está integrada por el conseller de Presidencia, quien la presidirá, por los titulares de las secretarías autonómicas y de las subsecretarías de las consellerias y por el director del Gabinete del Presidente de la Generalitat o el subdirector en el que éste delegue. Ejercerá las funciones de secretario de la Comisión el director general que tenga atribuidas las competencias en materia de secretariado del Gobierno.

Asistirá a sus sesiones el director del Gabinete Jurídico de la Generalitat, para el asesoramiento jurídico en los asuntos que requiera el presidente de la Comisión».

Disposición Final

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 29 de agosto de 2003

El presidente de la Generalitat,

FRANCISCO CAMPS ORTIZ

El conseller de Presidencia,

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