Ficha disposicion

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ORDEN de 21 de febrero de 2007, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen Utiel-Requena y su Consejo Regulador.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 5473 de 20.03.2007
Número identificador:  2007/2861
Referencia Base Datos:  3669/2007
 



Preámbulo

El vigente Reglamento de la Denominación de Origen Utiel-Requena y su Consejo Regulador fue aprobado por Orden de 11 de marzo de 1999, de la Conselleria d'Agricultura, Pesca i Alimentació, modificada por otra Orden de 9 de junio de 2003.

La presente orden se limita a modificar el artículo 5 de dicho Reglamento, con el objeto de incluir la variedad "Pinot Noir" dentro de las variedades de uva con las que exclusivamente se elaboran los vinos protegidos por la Denominación de Origen Utiel-Requena.

La inclusión de la variedad de uva "Pinot Noir" trae causa en los intereses de los miembros de la Denominación de Origen Utiel-Requena, a la vista de los trabajos realizados sobre parcelas de propietarios privados de la Denominación de Origen y las elaboraciones, determinaciones analíticas y análisis organolépticos llevados a cabo. Todo ello partiendo de la consideración de la uva "Pinot Noir" como variedad recomendada en la Comunidad Valenciana, según la "Clasificación de las variedades de vid" de la Orden APA/1281/2005, de 28 de abril, por la que se actualiza el anexo V, clasificación de las variedades de vid, del Real Decreto 1472/2000, de 4 de agosto, por el que se regula el potencial de producción vitícola. Y a resultas de la petición de modificación del artículo 5 del Reglamento de la Denominación de Origen, formulada por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Utiel-Requena, en base al Acuerdo alcanzado, por unanimidad, en el Pleno de Consejo Regulador en la Sesión celebrada el 3 de marzo de 2005.

Por ello, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, a iniciativa del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Utiel-Requena y a propuesta del director general de Pesca y Alimentación,

ORDENO

Artículo único

Se modifica el artículo 5 del Reglamento de la Denominación de Origen Utiel-Requena y su Consejo Regulador aprobado por la Orden de 9 de junio de 2003, quedando redactado de la manera siguiente:

" 1. La elaboración de vinos protegidos y de conformidad con la legislación de la Unión Europea, se realizará exclusivamente con las variedades de uva bobal, tempranillo, garnacha, cabernet sauvignon, merlot, syrah y pinot noir, para vinos rosados y tintos, y las variedades macabeo, merseguera, planta nova, chardonnay y sauvignon blanc para los vinos blancos y espumosos.

2. El Consejo Regulador fomentará las plantaciones de las variedades tempranillo, garnacha, cabernet sauvignon, merlot, syrah y pinot noir en tintas, así como macabeo, meseguera, chardonnay y sauvignon blanc en blancas. El fomento de las variedades cabernet sauvignon, merlot, syrah, chardonnay y sauvignon blanc, tendrán carácter de complementariedad.

3. El Consejo Regulador realizará los controles necesarios a fin de que las plantaciones de variedades blancas no superen en ningún momento el 15% de la superficie del viñedo protegido.

4. Asimismo podrá proponer a la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la Generalitat, que sean autorizadas nuevas variedades que previos ensayos y experiencias convenientes, se compruebe que producen mostos de calidad aptos para la elaboración de vinos protegidos por la denominación de origen. Tal autorización se hará efectiva mediante la oportuna orden de dicha Conselleria."

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 21de febrero de 2007.

El conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación.

JUAN G. COTINO FERRER

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