Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 11 de abril de 1997, del conseller de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se reconoce el Museo Internacional de Marionetas de Albaida como museo.



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Publicado en:  DOGV núm. 3004 de 02.06.1997
Referencia Base Datos:  1428/1997
 
  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria Cultura, Educación y Ciencia
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Cultura
    Descriptores:
      Temáticos: museo, espectáculos
      Descriptores toponímicos: Albaida



RESOLUCIÓN de 11 de abril de 1997, del conseller de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se reconoce el Museo Internacional de Marionetas de Albaida como museo.

Vista la documentación presentada por el Ayuntamiento de Albaida solicitando el reconocimiento del Museo Internacional de Marionetas de Albaida como museo.

Teniendo en cuenta que el citado museo reúne todos los requisitos establecidos en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunidad Valenciana.

Vistos los informes favorables del Servicio de Patrimonio Arqueológico, Etnológico e Histórico y del Servicio Jurídico, y a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Artístico, de 10 de abril de 1997, resuelvo:



Primero

Reconocer el Museo Internacional de Marionetas de Albaida como museo, a los efectos establecidos en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.



Segundo

Que se publique la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Tercero

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la citada orden, la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia podrá anular el presente reconocimiento de museo si se dejan de cumplir algunos de los requisitos exigidos en la orden.



Cuarto

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Dicha interposición deberá ser comunicada previamente a esta Conselleria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).



Valencia, 11 de abril de 1997.- El conseller de Cultura, Educación y Ciencia: Francisco E. Camps Ortiz.

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