RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2023, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se autoriza la implementación de una nueva funcionalidad en el sistema informático PROPER y se regulan las actuaciones administrativas automatizadas a realizar en el aplicativo SIGNO para incorporar los datos bancarios del personal a que hace referencia el artículo 1.1 de la Orden 2/2022, a excepción del personal estatutario dependiente de la administración sanitaria.



Publicado en:  DOGV núm. 9620 de 19.06.2023
Número identificador:   2023/6755
Referencia Base Datos:  006605/2023
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Protección de datos
    Descriptores:
      Temáticos: base de datos, protección de datos, registro de datos


  • RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2023, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se autoriza la implementación de una nueva funcionalidad en el sistema informático PROPER y se regulan las actuaciones administrativas automatizadas a realizar en el aplicativo SIGNO para incorporar los datos bancarios del personal a que hace referencia el artículo 1.1 de la Orden 2/2022, a excepción del personal estatutario dependiente de la administración sanitaria. [2023/6755]





    La transformación digital de la Administración pública es una constante del funcionamiento administrativo en los últimos años resaltando el impulso dado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. Dicha normativa contempla que la tramitación electrónica constituya la actuación habitual de las administraciones públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.

    La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, recoge en su artículo 41 la posibilidad de que las administraciones públicas utilicen medios electrónicos para realizar con ellos, íntegramente, actos o actuaciones en el marco de un procedimiento administrativo sin la intervención de forma directa de un empleado público.

    La Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, avanza en la implantación de las relaciones electrónicas con la sociedad mediante la habilitación de la comunicación telemática bidireccional de los datos identificativos personales y bancarios, permitiendo a las personas interesadas facilitar sus datos de una forma más cómoda y ágil mediante un trámite electrónico, con la seguridad e integridad que ofrecen las transacciones informáticas realizadas a través de sistemas de firma electrónica.

    La mencionada orden, tiene por objeto regular el alta, modificación y baja de los datos identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Administración de la Generalitat y los organismos autónomos cuya contabilidad esté integrada en el sistema de información contable de la primera, previendo la utilización de una actuación o trámite automatizado con carácter obligatorio para determinados sujetos, pero permitiendo en aquellos casos en que no sea obligatorio, la utilización del cauce tradicional.

    Por otro lado, en la disposición transitoria primera, y respecto del personal al servicio de las entidades del artículo 1.1 de la Orden 2/2022, se establece que lo previsto en el artículo 6.1.e será posible cuando se habilite para ello el correspondiente sistema informático a través del cual se gestionan los gastos de personal, lo cual ya ha sucedido.

    En cuanto a la utilización de actuaciones o trámites automatizados, dicha norma establece en su disposición final primera que, la puesta en funcionamiento de la correspondiente aplicación informática que se desarrolle para dar cumplimiento a dicha funcionalidad, así como, en su caso, la implementación de nuevas funcionalidades se realizará mediante resolución de la persona titular de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

    La resolución mencionada en el párrafo anterior, de conformidad con lo que dispone el artículo 41.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establecerá el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, se indicará el órgano que debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.

    Finalmente indicar, que de conformidad con el artículo 93.2 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en relación con las actuaciones administrativas automatizadas que se desarrollan en el aplicativo SIGNO y al no ser competencia funcional de la Intervención General, se ha realizado por la misma la auditoría previa requerida por el citado artículo, para verificar que el nuevo procedimiento de gestión incorpora los controles automatizados necesarios a la naturaleza del mismo, satisface, a efectos de la función interventora, los requerimientos de seguridad que correspondan a la categoría del respectivo sistema de información, de acuerdo con la normativa vigente en cada momento en materia de administración electrónica.

    Por todo lo expuesto, de conformidad con la disposición final primera de la Orden 2/2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, en relación con el artículo 5 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones y Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico resuelvo:



    Primero. Objeto

    El objeto de esta resolución es la autorización a la implementación de una nueva funcionalidad en la aplicación PROPER, consistente en la posibilidad de designar alguna cuenta bancaria como cuenta en la cual cobrar la nómina por parte del personal a que hace referencia la Orden 2/2022, siempre que se reúnan los requisitos requeridos en la misma, así como determinar las actuaciones administrativas que van a producirse de manera automatizada tanto en la Base de Datos Corporativa (BDC), como en el aplicativo utilizado para la gestión de la nómina del personal, a excepción del personal estatutario al servicio de la administración sanitaria.

    También comprenderá el establecimiento de los órganos responsables para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad, según prevé el artículo 41.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 77 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat.



    Segundo. Actuaciones administrativas que se ejecutarán de manera automatizada

    En el ámbito de las competencias regulas por la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, se acuerda que las siguientes actuaciones pueden ser ejecutadas mediante el establecimiento de actuaciones administrativas automatizadas:

    1. Alta, modificación y baja de los datos bancarios de las cuentas en donde abonar la nómina cuyo cálculo se efectúe mediante el aplicativo SIGNO.

    2. Comunicación e incorporación efectiva en el aplicativo SIGNO para el abono de la nómina. Dicha información quedará registrada tanto en la Base de Datos Corporativa, como en SIGNO.



    Tercero. Implementación de una nueva funcionalidad en el sistema informático PROPER

    Se aprueba la implementación en el sistema informático PROPER de una nueva funcionalidad consistente en la posibilidad de marcar cuando se desee la opción «cuenta nómina», lo que permitirá a la aplicación informática SIGNO actualizar las cuentas bancarias en las cuales ingresar cada mes, los sueldos y salarios a abonar al personal al que hace referencia el artículo 1.1 de la Orden 2/2022, a excepción del personal estatutario al servicio de la administración sanitaria.



    Cuarto. Sistema de firma a emplear para las actuaciones administrativas automatizadas reguladas en esta resolución

    De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, el artículo 9 de la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat y la Orden 9/2017, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, sobre el uso de código seguro de verificación como firma electrónica en los actos administrativos de la Generalitat y sus organismos autónomos, la conselleria competente en materia de hacienda usará un sistema de firma electrónica basado en la incorporación de un código seguro de verificación para la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia en los documentos que dejen constancia de las actuaciones administrativas automatizadas reguladas en la presente resolución.



    Quinto. Atribución de responsabilidades a los órganos o unidades competentes

    De acuerdo con lo que prevé el artículo 41.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, para la aprobación del uso de actuación administrativa automatizada es necesario designar a los órganos competentes para la especificación, implementación y mantenimiento del sistema. Se atribuyen estas competencias, en relación con todas las actuaciones identificadas en el resuelvo segundo, del siguiente modo:

    1. Para el diseño informático, programación y mantenimiento del sistema de información y su código fuente: órgano competente en tecnologías de la información y las comunicaciones.

    2. Para la supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y su código fuente: la Viceintervención General de Control Financiero y Auditorías de la Intervención General de la Generalitat.

    3. Para la definición de especificaciones del sistema de información: la Dirección General de Intervención de la Intervención General de la Generalitat y el órgano competente de coordinar y controlar los procesos de nóminas del personal al servicio de la Generalitat, respecto de sus respectivos ámbitos competenciales.



    Sexto. Generación de comunicación informativa al ciudadano

    1. Una vez se incorpore el alta, modificación o baja de los datos bancarios e identificativos en la BDC, el sistema generará una comunicación firmada con CSV, la cual será depositada en la carpeta ciudadana.

    2. Contra la emisión de la comunicación informativa no cabe la interposición de recurso ni reclamación.



    Séptimo. Acceso al servicio PROPER

    Los interesados podrán acceder al sistema informático citado en la presente resolución a través de la sede electrónica de la Generalitat.





    Octavo. Actualización y modificación

    La actualización y modificación del sistema informático que dé soporte a las actuaciones administrativas automatizadas reguladas en esta resolución deberá respetar el marco normativo aplicable y la podrá decidir el responsable de especificaciones del sistema de información según viene determinado en el resuelvo quinto.



    Noveno. Eficacia

    Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



    València, 13 de junio de 2023.– El conseller de Hacienda y Modelo Económico: Arcadi España García.