RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se publica la parte dispositiva de la Sentencia número 137/2013, de 22 de marzo, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, por la que se anula el artículo 3.5 de la Orden 19/2011, de 5 de abril, de la Consellería de Educación, por la que se establece la Red de Centros Docentes Plurilingües en la Comunitat Valenciana.



Publicado en:  DOGV núm. 7181 de 27.12.2013
Número identificador:   2013/12238
Referencia Base Datos:  011712/2013
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Educación
    Descriptores:
      Temáticos: centro de enseñanza, enseñanza de idiomas, educación preescolar, enseñanza secundaria, enseñanza primaria, enseñanza profesional, enseñanza pública , bachillerato, concierto educativo, monografías


  • RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se publica la parte dispositiva de la Sentencia número 137/2013, de 22 de marzo, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, por la que se anula el artículo 3.5 de la Orden 19/2011, de 5 de abril, de la Consellería de Educación, por la que se establece la Red de Centros Docentes Plurilingües en la Comunitat Valenciana. [2013/12238]

    En el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6503, del 15 de abril de 2011, se publicó la Orden 19/2011, de 5 de abril, de la Consellería de Educación, por la que se establece la Red de Centros Docentes Plurilingües en la Comunitat Valenciana, que entró en vigor el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo dispuesto en su disposición final única.

    La Sentencia 137/2013, de 22 de marzo, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Quinta, referida al recurso contencioso-administrativo número 5/000649/2011-BELLMONT-C, interpuesto por Fundació Escola Valenciana contra la Orden 19/2011, de 5 de abril, de la Consellería de Educación de la Generalitat Valenciana, ha adquirido el carácter de sentencia firme. En consecuencia, en cumplimiento y ejecución de la misma, se dicta la presente resolución.

    Por todo ello, y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 103 y 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, procede llevar a efecto la precitada sentencia, por lo que, de conformidad con el Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:



    Apartado único. Publicación de la sentencia

    La publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de la parte dispositiva de la Sentencia número 137/2013, de 22 de marzo, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Quinta, y que contiene el siguiente fallo:

    «1. Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Fundación Escola Valenciana contra la Orden 19/2011, de 5 de abril, de la Consellería de Educación de la Generalitat Valenciana, publicada en el DOGV núm. 6503, de 15.04.2011, por la que se establece la Red de Centros Docentes Plurilingües en la Comunidad Valenciana.

    2. Anulamos y dejamos sin efecto el artículo 3.5 dicha disposición general por ser contraria al ordenamiento jurídico, desestimando el resto de pedimentos de la demanda.

    3. No se hace expresa imposición de las costas procesales.

    4. Firme que sea esta resolución, publíquese en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana a los efectos oportunos.»



    Valencia, 18 de diciembre de 2013.– La directora general de Innovación: Ordenación y Política Lingüística: Beatriz Gascó Enríquez.