RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2004, del conseller de Sanidad, mediante la que se determina el número de nuevas oficinas de farmacia necesarias para ofrecer una adecuada atención farmacéutica a la población.



Publicado en:  DOGV núm. 4868 de 22.10.2004
Número identificador:   2004/10717
Referencia Base Datos:  4697/2004
 
  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria Sanidad
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Sanidad
    Descriptores:
      Temáticos: farmacología, municipio


  • RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2004, del conseller de Sanidad, mediante la que se determina el número de nuevas oficinas de farmacia necesarias para ofrecer una adecuada atención farmacéutica a la población. [2004/10717]

    Visto el expediente iniciado de oficio mediante resolución del director general de Farmacia y Productos Sanitarios de 23 de marzo de 2004, a fin de determinar, el número de nuevas oficinas de farmacia necesarias para ofrecer una adecuada atención farmacéutica a la población, en aplicación del Módulo General establecido en el artículo 21 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, correspondiente al año 2004, y examinados los siguientes

    Antecedentes de hecho

    I. Mediante resolución del director general de Farmacia y Productos Sanitarios de 23 de marzo de 2004, se inició de oficio expediente administrativo a fin de determinar, el número de nuevas oficinas de farmacia necesarias para ofrecer una adecuada atención farmacéutica a la población, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 149/2001, de 5 de octubre, mediante el que se establece el procedimiento para la autorización de nuevas Oficinas de Farmacia.

    II. Al expediente se han incorporado los informes, certificados y documentos necesarios para, en aplicación del Módulo General establecido en el artículo 21 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, determinar el número de nuevas Oficinas de Farmacia necesarias teniendo en cuenta todos los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Valenciana.

    III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del citado Decreto 149/2001, de 5 de octubre, instruido el procedimiento y previamente a la redacción de la propuesta de resolución, se procedió a un trámite de audiencia pública durante un periodo de diez días, sin que se formulasen en dicho plazo alegaciones por parte de farmacéuticos o de organizaciones representativas de los mismos.

    A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

    Fundamentos jurídicos

    I. Esta Conselleria de Sanidad es competente para resolver la presente solicitud en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 278/80, 25 de enero, sobre transferencia de competencias en materia de sanidad; Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, Decreto 149/2001, de 5 de octubre, mediante el que se establece el procedimiento para la autorización de nuevas Oficinas de Farmacia y Decreto 116/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad.

    II. Consta en el expediente la publicación del Instituto Nacional de Estadística, referente el Padrón Municipal vigente en el momento de iniciarse el expediente, una certificación acreditativa de las Oficinas de Farmacia abiertas al público en la fecha del inicio del expediente así como en las entidades locales menores existentes en la Comunidad Valenciana y una certificación acreditativa de las Oficinas de Farmacia autorizadas pendientes de su apertura al público. Todo ello, a 23 de marzo de 2004, fecha a adoptar como la de inicio del expediente y en consecuencia la que debe marcar las circunstancias a tener en cuenta para su resolución.

    En aplicación del módulo general establecido en el artículo 21 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica, procede autorizar la apertura en el ámbito de la Comunidad Valenciana un total de 22 nuevas Oficinas de Farmacia distribuidas en los Municipios y Entidades Locales Menores que figuran la relación contenida en el Anexo a la presente resolución, entendiéndose que no procede la apertura de nuevas oficinas de Farmacia en aquellos municipios y Entidades Locales Menores que no figuren en la citada relación

    En consecuencia, vistos los anteriores hechos y fundamentos jurídicos, resuelvo autorizar en aplicación del módulo general establecido en el artículo 21 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica, la apertura en el ámbito de la Comunidad Valenciana un total de 22 nuevas oficinas de farmacia distribuidas en los municipios y entidades locales menores que figuran la relación contenida en el anexo a la presente resolución, entendiéndose que no procede la apertura de nuevas oficinas de farmacia en aquellos municipios y entidades locales menores que no figuren en la citada relación.

    Publíquese la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana con la advertencia de que pone fin a la vía administrativa y que, contra la misma, pueden interponer Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o, potestativamente Recurso de Reposición en los términos previstos en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común.

    Valencia, 30 de septiembre de 2004.– El conseller: Vicente Rambla Momplet.

    ANNEX/ANEXO

    Municipi / Municipio Farmàcies autoritzades

    Farmacias autorizadas

    l'Alfàs del Pi 1

    Jávea/Xàbia 2

    Muro de Alcoy 1

    la Nucia 1

    Pego 1

    San Miguel de Salinas 1

    San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig 1

    Alboraya 1

    Alfafar 1

    Bétera 1

    Canals 1

    Catarroja 1

    Paterna 1

    la Pobla de Vallbona 1

    Silla 1

    Torrent 1

    Xàtiva 1

    Benicarló 1

    la Vall d'Uixó 1

    Villarreal/Vila-real 1