RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2004, del conseller de Cultura, Educación y Deporte, por la que se reconoce a los Museos de Morella



Publicado en:  DOGV núm. 4883 de 15.11.2004
Número identificador:   2004/X11233
Referencia Base Datos:  5061/2004
 
  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria Cultura, Educación y Deporte
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Cultura
    Descriptores:
      Temáticos: museo
      Descriptores toponímicos: Morella


  • RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2004, del conseller de Cultura, Educación y Deporte, por la que se reconoce a los Museos de Morella (Castellón) como museos de la Comunidad Valenciana. [2004/X11233]

    Vista la documentación presentada por el Ayuntamiento de Morella (Castellón) solicitando el reconocimiento de los Museos de Morella (Castellón) como museos de la Comunidad Valenciana. Teniendo en cuenta que los citados museos reúnen todos los requisitos establecidos en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunidad Valenciana.

    Vistos los informes favorables del Servicio de Museos y Exposiciones y a propuesta del secretario autonómico de Cultura y Política Lingüística, de 21 de septiembre de 2004, resuelvo:

    Primero

    Reconocer los Museos de Morella (Castellón) como museos de la Comunidad Valenciana, a los efectos establecidos en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano y en la Orden de 6 de febrero de 1991 de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.

    Segundo

    Que se publique la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Tercero

    Según lo dispuesto en el artículo 13 de la citada orden, la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte podrá anular el presente reconocimiento de museos si se dejan de cumplir algunos de los requisitos exigidos en la mencionada orden.

    Cuarto

    Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

    a) El recurso de reposición deberá interponerse ante el conseller de Cultura, Educación y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    b) El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    En el caso de que el recurrente sea una Administración Pública, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.