RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2004, del director general de Investigación e Innovación Agraria y Ganadería, por la que modifica las normas para la producción integrada en cítricos, en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Publicado en: | DOGV núm. 4815 de 09.08.2004 | |
Número identificador: | 2004/8321 | |
Referencia Base Datos: | 3555/2004 | |
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 10.08.2004 Fecha fin vigencia: 27.11.2008 Notas: Se modifica las normas para la producción integrada en cítricos, resolución de 23 de noviembre de 2000. - Ver Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la produccuión integrada de productos agrícolas (BOE núm 287, de 30/11/2002). Esta disposición afecta a: Modifica a: Esta disposición está afectada por: Derogada por: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Agricultura, Pesca y Alimentación;DG Investigación e Innovación Agraria y Ganadería Grupo Temático: Legislación Materias: Agricultura y alimentación Descriptores: Temáticos: agrios, agricultura biológica, tratamiento fitosanitario, pesticida
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2004, del director general de Investigación e Innovación Agraria y Ganadería, por la que modifica las normas para la producción integrada en cítricos, en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [2004/8321]
La Resolución de 23 de noviembre de 2000, del director general de Innovación Agraria y Ganadería, estableció las normas para la producción integrada en cítricos, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, que actualmente están en vigor.
Desde que se promulgó dicha resolución y hasta la actualidad se han retirado autorizaciones de uso de diversas materias activas plaguicidas en el ámbito de la Unión Europea, se han modificado límites máximos de residuos de otras, en unos casos para dejarlas en el límite de determinación analítica y en otros para armonizarlos en la Unión Europea.
Por otra parte, se ha promulgado el Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula a nivel estatal la producción integrada de productos agrícolas, que además de establecer la normativa básica para este tipo de producciones, contempla en su artículo 11 la posibilidad de establecer identificaciones de garantía de producción integrada por parte de las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias, siempre que se garantice el respeto a lo dispuesto en dicho real decreto.
Considerando que las normas técnicas en vigor actualmente para los agricultores que deseen acogerse a la identificación de garantía para la producción integrada en cítricos en la Comunidad Valenciana respeta dicha disposición básica, pero que necesita reformas debido a los cambios normativos sobre plaguicidas.
Considerando lo dispuesto en la Orden de 23 de mayo de 1997, de la Conselleria de Agricultura Pesca y Alimentación, sobre reglamentación de las producciones obtenidas por técnicas de agricultura integrada, que faculta al director general de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Sanidad Vegetal para dictar las disposiciones de desarrollo necesarias para la aplicación de lo dispuesto en dicha orden, resuelvo:
Modificar la Resolución de 23 de noviembre de 2000, que establece las normas para la producción integrada de cítricos en la Comunidad Valenciana de la siguiente manera:
Primero
Del anexo XVIII se eliminan como herbicidas autorizados los formulados con las materias activas bromacilo, norflurazona, simazina, terbacilo y terbutrina.
Segundo
En el anexo XIX se sustituyen las materias activas autorizadas para cada plaga por las que figuran en el anexo de la presente resolución con las restricciones o condiciones en él indicados.
Tercero
Se modifica el anexo XX sobre productos tolerados y condiciones de uso para los tratamientos postcosecha en cítricos, autorizándose las materias activas tiabendazol, imazalil, ortofenilfenol, miclobutanil, metil-tiofanato, y procloraz, en las condiciones de uso que figuran en la homologación y registro de dichas sustancias por el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.
Valencia, 30 de julio de 2004. El director general de Investigación e Innovación Agraria y Ganadería: Eduardo Primo Millo.
ANEXO I
Listados de sustancias activas seleccionadas
CULTIVO: CÍTRICOS
Plaga/enfermedad Materia/s activa/s
Ácaro de la maravillas
(Aceria (=Eriophyes) sheldoni) Aceite de verano
Abamectina (3) + (4) + (5) + (19)
Ácaro rojo
(Panonychus citri) Aceite de verano
Clofentezin
Dicofol (4)
Fenbutestan (4)
Hexitiazox (2)
Tebufenpirad (2) + (4)
Araña roja
(Tetranychus urticae) Abamectina (3) + (4) + (5)
Aceite de verano
Clofentezin
Dicofol (4)
Fenazaquin (2)
Fenbutestan (4)
Hexitiazox (2)
Piridaben (2)
Propargita (2)
Tebufenpirad (2) + (4)
Piojo rojo de california
(Aonidiella aurantii) Aceite de verano
Buprofezin (4) + (12) + (16)
Clorpirifos (4) + (18)
Piriproxifen (3) + (12) + (13)
Piojo blanco
(Aspidiotus nerii) Aceite de verano
Clorpirifos (4) + (18)
Metil pirimifos (3)
Piriproxifen (3) + (12) + (13)
Serpetas
(Cornuaspis beckii, Insulaspis gloverii) Aceite de verano
Clorpirifos (4) + (18)
Metil pirimifos (3)
Piriproxifen (3) + (12) + (13)
Piojo gris
(Parlatoria pergandei) Aceite de verano
Buprofezin (4) + (12) + (16)
Clorpirifos (4) + (18)
Metil pirimifos (3)
Piriproxifen (3) + (12) + (13)
Caparreta
(Saissetia oleae) Aceite de verano
Piriproxifen (3) + (12) + (13)
Cotonet
(Planococcus citri) Aceite de verano
Clorpirifos (4) + (18)
Diazinon (17) + (19)
Metil clorpirifos (4)
Metil pirimifos (3)
Cochinilla acanalada
(Icerya purchasi)
Pulgones
(Aphys spiraecola, Aphys gossypii,
Myzus persicae, Toxoptera aurantii) Benfuracarb (1) + (2) + (4) + (5)
Carbosulfan (1) + (2) + (4) + (5)
Pimetrozina
Pirimicarb (1) + (2)
Mosca blanca
(Aleurothrixus floccosus) Aceite de verano
Buprofezin (4) + (14) + (16)
Metil pirimifos (3)
Mosquito verde
(Empoasca decipiens) Malation (19)
Chinche verde
(Calocoris trivialis) Malation (19)
Minador de los cítricos
(Phyllocnistis citrella) Abamectina (3) + (4) + (5) + (6)
Azadiractin (6) + (7)
Imidacloprid (6) + (7) + (8)
Polilla del limonero
(Prays citri) Bacillus thuringensis var. kurstaki
Clorpirifos (4) + (18)
Metil clorpirifos (4)
Barrenetas
(Ectomyelois ceratoniae y
Cryptoblabes gnidiella)
Mosca de la fruta
(Ceratitis capitata) Malation
Triclorfon (11)
Hormigas Clorpirifos (4) + (5) + (9) + (19)
Diazinon (4) + (5) + (15)
Caracoles y babosas Metiocarb (10)
Metaldehido (10)
Aguado
(Phytophthora sp.) Compuestos de cobre inorgánico
Fosetil-al
Metalaxil
Propineb (4)
Podredumbre del cuello o gomosis
(Phytophthora sp.) Compuestos de cobre inorgánico
Fosetil-al
Metalaxil
Metalaxil-M
Alternaria
(Alternaria alternata) Compuestos de cobre inorgánico
Mancozeb (4)
Propineb (4)
(1) Usar sólo hasta floración.
(2) Usar sólo sin cosecha pendiente.
(3) Dejar zonas refugio de 5% de superficie sin tratar en explotaciones de más de 5 hectáreas.
(4) No utilizar a menos de 20 metros de corrientes de agua.
(5) No utilizar en espacios naturales protegidos ni en sus zonas de influencia oficialmente declaradas.
(6) Sólo en plantones e injertadas.
(7) Pintado el tronco.
(8) Riego por goteo.
(9) Aplicado al suelo.
(10) Aplicado cómo cebo al suelo.
(11) Pulverización cebo.
(12) Sólo mayo-junio.
(13) No tratar si hay cochinilla acanalada o cotonet.
(14) Sólo tratamiento en primavera.
(15) Suspensión al tronco del árbol y/o suelo.
(16) Sólo fruta destinada al mercado interior.
(17) Sólo naranjos.
(18) Máximo 1 aplicación foliar al año por parcela en limoneros y naranjos.