ORDEN 24/2021, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se modifica la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, de desarrollo del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública.



Publicado en:  DOGV núm. 9183 de 28.09.2021
Número identificador:   2021/9617
Referencia Base Datos:  008861/2021
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Organización de la administración
    Descriptores:
      Temáticos: administración regional, reglamento interno, organización administrativa , Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, monografías


  • ORDEN 24/2021, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se modifica la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, de desarrollo del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública. [2021/9617]





    PREÁMBULO



    El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, (DOGV 8572, 17 de junio) determina el número y la denominación de las consellerias y sus atribuciones, entre las que se halla la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública a la que atribuye las competencias en materia de justicia, reformas democráticas, y gestión de las competencias en materia de consultas populares, colegios profesionales, fundaciones, asociaciones, registros y notariado, así como las competencias en materia de interior, protección civil, gestión de la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunitat Valenciana, extinción de incendios y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia, y, asimismo, las competencias en materia de función pública.

    El Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, dispone como órganos superiores de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, la Secretaría Autonómica de Justicia y Administración Pública y la Secretaría Autonómica de Seguridad y Emergencias.

    Por su parte, mediante el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias, posteriormente modificado por el Decreto 168/2020, de 30 de octubre, del Consell.

    Consecuentemente, por Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell de la Generalitat, se aprobó el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública (DOGV 8959, 24 de noviembre).

    La Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, prevé en su artículo 65 que los consellers desarrollarán orgánicamente su propia conselleria en los términos de su reglamento orgánico y demás normas reglamentarias que apruebe el Consell, previo informe de las consellerias competentes en materia de hacienda y de función pública, previsión legal coincidente con las facultades que el artículo 3 y la disposición final primera del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, otorga a la persona titular de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública para dictar, dentro del ámbito de sus competencias, las disposiciones que requiera el desarrollo y ejecución de dicho decreto y concretamente el desarrollo del nivel administrativo que dependen directamente de los órganos superiores y directivos de la Conselleria.

    Mediante la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de esta Conselleria se desarrolla la estructura orgánica y funcional de la Conselleria contenida en el Reglamento orgánico y funcional correspondiente, determinando el número, dependencia y denominación de las unidades administrativas con rango de subdirección general y jefatura de servicio y asignando las funciones a desempeñar por esta.

    Razones organizativas puestas de manifiesto en el despliegue de la citada orden, así como el desarrollo de las infraestructuras judiciales previsto para los próximos años aconsejan su modificación.

    Por un lado, el incremento de proyectos a desarrollar en materia de modernización, tanto los previstos por la propia Conselleria, como por el Ministerio de Justicia, hacen necesaria la mejora y ampliación de la estructura orgánica con el objetivo de poder llevar a cabo y desarrollar todas las competencias atribuidas a la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia.

    Por otro, el análisis del volumen de licitación, contratación y gestión de las infraestructuras judiciales que se debe acometer en los próximos ejercicios, así como el mantenimiento y adecuación de las existentes, han puesto de manifiesto la necesidad de reordenar las funciones que actualmente desempeñan las jefaturas de servicio de la Secretaría General Administrativa dependiente de la Subsecretaría de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública. En concreto esta reordenación afecta a las Jefaturas de Servicio de Contratación y de Asuntos generales y Patrimonio.

    Por otra parte, se crea una nueva Jefatura de Servicio de Procesos Electorales, dependiente de la Subdirección General de Ordenación, pues la actual estructura se ha mostrado insuficiente para el adecuado desarrollo de las competencias que ostenta la Conselleria en materia electoral, siendo necesario su reforzamiento dada la especial naturaleza, grado de responsabilidad e importancia que implica la gestión de dicha materia.

    En su virtud, en uso de las facultades que me atribuye los artículos 28.f y 65 de la mencionada Ley 5/1983, y previo informe de las consellerias competentes en materia de hacienda y administración pública,





    ORDENO



    Artículo único Modificación de los artículos 4, 5, 19 y 20 de la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de la conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública de desarrollo del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, y creación del artículo 5 bis.

    Se modifican los artículos 4, 5, 19 y 20 de la Orden 5/2021, de 19 de febrero, de la conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública de desarrollo del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, y se crea el artículo 5 bis quedando redactado en la forma reseñada en el anexo.





    DISPOSICIÓN TRANSITORIA



    Única. Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo

    Las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo configuradas a tenor de la anterior estructura de consellerias del Consell y los correspondientes reglamentos orgánicos y funcionales, continuarán subsistentes, retribuidas con cargo a los mismos créditos presupuestarios con los que lo venían siendo hasta el momento, y dando el soporte administrativo en relación con aquellos asuntos y expedientes que les correspondan en las materias que venían gestionando con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, sin perjuicio de la competencia para resolver de los órganos a quienes les ha sido atribuida.

    Todo ello se mantendrá hasta que se lleven a cabo las modificaciones presupuestarias derivadas de esta orden así como las actuaciones que procedan sobre los citados puestos de trabajo, en el marco de la vigente normativa en materia de función pública para la adecuación de la nueva estructura orgánica y sin perjuicio de que, posteriormente, sean aprobadas las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la misma. Asimismo, desde el momento de la entrada en vigor de esta orden, y sin perjuicio de lo anterior, se podrán producir los cambios de adscripción de unidades administrativas que procedan, de conformidad con la reorganización efectuada.





    DISPOSICIÓN FINAL



    Única Entrada en vigor

    La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



    València, 22 de septiembre de 2021



    La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública,

    GABRIELA BRAVO SANESTANISLAO







    ANEXO



    Artículo 4. De la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia

    1. La Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia se estructura de la manera siguiente:

    a) Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración de Justicia.

    b) Subdirección General de Modernización de la Administración de Justicia.

    c) Subdirección General de Entidades Jurídicas y Recursos Materiales de la Justicia.

    d) Subdirección General de Infraestructuras Judiciales.

    2. De la Dirección General, por su carácter transversal, depende directamente la Gerencia de las sedes judiciales, con rango de Jefatura de Servicio, que tendrá las siguientes funciones:

    a) Gestionar las sedes judiciales, de acuerdo con los criterios de planificación y de ejecución que se establezcan por la Dirección General.

    b) Constituir el enlace permanente entre las diferentes subdirecciones generales y los órganos judiciales, oficinas fiscales e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

    c) Colaborar con el Servicio de Modernización, Planificación y Formación en la organización de eventos y cursos de formación que se realizan en las sedes judiciales.

    d) Presidir las reuniones de los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo y colaborar con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del INVASSAT y con la Inspección de Trabajo en las evaluaciones de riesgos de los órganos judiciales.

    e) Dirigir los planes de autoprotección, emergencia y contingencia de las sedes judiciales, en coordinación con el Servicio de Mantenimiento y Seguridad de las sedes judiciales.

    f) Realizar el control de calidad de los servicios prestados en las sedes judiciales.

    g) Colaborar en la planificación de las necesidades de recursos materiales requeridos para el normal funcionamiento de los órganos judiciales, fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana.

    h) Coordinar y gestionar la unidad encargada del control horario del personal de la Administración de Justicia de acuerdo con los criterios establecidos por el Servicio de Personal de la Administración de Justicia.

    i) Dirigir, supervisar y gestionar, incluidas las incidencias, al personal funcionario y laboral de la Administración de la Generalitat destinado en las distintas sedes judiciales.

    j) Coordinar y gestionar los servicios de limpieza de las sedes judiciales.

    k) Gestionar, en colaboración con el Servicio de Mantenimiento y Seguridad de las sedes judiciales, el seguimiento y control de los servicios de seguridad.

    l) Supervisar la correcta ejecución de los contratos y de los servicios prestados, así como elaborar propuestas de mejora sobre los mismos.

    m) Atender y solucionar las quejas y sugerencias recibidas en relación con las instalaciones de las sedes judiciales o, en su caso, remitirlas a la subdirección general con competencias en la materia.

    n) Gestionar el inventario, almacenaje y distribución de los bienes muebles.

    o) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.



    Artículo 5. De la Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración de Justicia

    La Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración de Justicia tiene atribuida, bajo la supervisión de la persona titular de la Dirección General, la coordinación de los servicios adscritos, así como la representación de la Dirección General en las tareas que se le encomienden. Para el cumplimiento de las anteriores funciones, la Subdirección General se estructura en los siguientes servicios:

    1. Servicio de Selección y Provisión del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, al que corresponden las siguientes funciones:

    a) Gestionar, coordinar y desarrollar los procesos selectivos para el ingreso en los cuerpos de personal funcionario de la Administración de Justicia en ejercicio de las competencias atribuidas.

    b) Diseñar las bases de la convocatoria de las bolsas de empleo temporal y gestionar los procesos derivados de la mismas.

    c) Gestionar los concursos de ámbito nacional para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

    d) Diseñar los planes y medidas de apoyo coyuntural a los órganos y servicios judiciales.

    e) Gestionar las plantillas y diseñar y elaborar las relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones de la oficina judicial, fiscal, Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, así como de las unidades administrativas y servicios comunes de apoyo con la colaboración del Servicio de Modernización, Planificación y Formación.

    f) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

    2. Servicio de Personal de la Administración de Justicia, al que corresponden las siguientes funciones:

    a) Tramitar y gestionar los procedimientos relativos a situaciones administrativas, régimen de incompatibilidades, expedientes disciplinarios y las distintas modalidades de jubilación del personal de la Administración de Justicia.

    b) Tramitar y gestionar las licencias por enfermedad y sus prórrogas, así como los expedientes de mejora voluntaria de la acción protectora de la seguridad social en las situaciones de incapacidad temporal en coordinación con la Inspección Médica.

    c) Establecer los criterios de actuación de las unidades administrativas en materia del control del cumplimiento de la jornada y horario laboral, así como sobre vacaciones, licencias y permisos.

    d) Tramitar y gestionar el reconocimiento de los trienios del personal al servicio de la Administración de Justicia.

    e) Elaborar y gestionar los programas concretos de actuación que afecten al personal de justicia.

    f) Gestionar la nómina y sus incidencias, realizar los estudios y los informes sobre costes económicos del personal y expedir los certificados relacionados con las retribuciones y bases de cotización.

    g) Elaborar los proyectos normativos en materia de personal, las propuestas de resolución de los recursos administrativos y efectuar las actuaciones requeridas por los órganos judiciales como consecuencia de la interposición de recursos contencioso-administrativos en materia de personal de la Administración de Justicia.

    h) Gestionar las medidas de adaptación de puestos de trabajo en relación con las recomendaciones realizadas en virtud de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.

    i) Preparar y ejecutar los procesos de acoplamiento, reordenación y reasignación de efectivos.

    j) Tramitar las sustituciones al Cuerpo superior de la Administración de Justicia.

    k) Prestar apoyo técnico a la mesa sectorial de justicia y a las comisiones técnicas dependientes de la misma.

    l) Preparar, coordinar y gestionar los procesos electorales de las y los representantes del personal empleado público de la Administración de Justicia así como, en su caso, los planes de acción social del personal funcionario de la Administración de Justicia.

    m) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.



    Artículo 5.bis. Subdirección General de Modernización de la Administración de Justicia.

    La Subdirección General de Modernización de la Administración de Justicia tiene atribuida, bajo la supervisión de la persona titular de la Dirección General, la coordinación del servicio adscrito así como el estudio, desarrollo, implantación y supervisión de los proyectos de transformación digital y de la oficina judicial y fiscal, así como la representación de la Dirección General en las tareas que se le encomienden. Para el cumplimiento de las anteriores funciones, la Subdirección General se estructura:

    1. Servicio de Modernización, Planificación y Formación, al que le corresponden las siguientes funciones:

    a) Planificar y ejecutar los proyectos de modernización de la Administración de justicia en la Comunitat Valenciana.

    b) Determinar y planificar, en colaboración con la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las necesidades en materia de infraestructuras tecnológicas y medios informáticos para el normal funcionamiento de los órganos judiciales.

    c) Impulsar la implantación y diseño de las aplicaciones y servicios informáticos que se implanten en las oficinas judiciales y Fiscalías, en colaboración con la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

    d) Impulsar la implantación del expediente judicial electrónico en las oficinas judiciales y fiscales.

    e) Gestionar las competencias que la normativa reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia atribuye a la Generalitat como miembro del Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica, así como dar soporte técnico y administrativo a los altos cargos de la Conselleria en el ejercicio de sus funciones como miembros del Pleno y la Comisión permanente del mismo.

    f) Diseñar e impulsar la implantación de la Oficina Judicial y Fiscal y colaborar con el Servicio de Personal de la Administración de Justicia en los procesos de acoplamiento del personal.

    g) Organizar y coordinar las unidades administrativas reguladas en la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ.).

    h) Informar de las necesidades y elaborar los criterios funcionales en materia de infraestructuras de los órganos judiciales, fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana.

    i) Determinar e informar las necesidades de creación de nuevas unidades judiciales, en coordinación con la Subdirección General de Infraestructuras Judiciales.

    j) Prestar apoyo administrativo a la Junta de Expurgo y a la gestión de archivos judiciales de expedientes y piezas de convicción.

    k) Elaborar los estudios y la programación de la Demarcación y Planta Judicial, así como los informes estadísticos que le sean encomendados relacionados con la Administración de Justicia.

    l) Proponer, gestionar y realizar el seguimiento de los convenios y acuerdos en materia de formación del personal al servicio de la Administración de Justicia, así como de los miembros de la carrera judicial y fiscal, letrados de la Administración de Justicia así como del resto de operadores jurídicos en materias competencia de la Dirección General.

    m) Proponer, gestionar y realizar el seguimiento de los planes de formación del personal transferido al servicio de la Administración de Justicia.

    n) Ostentar la secretaría de los comités de seguridad y salud del sector justicia.

    o) Coordinar la información y comunicación de la Dirección General con las organizaciones sindicales y Juntas de personal.

    p) Estudio, diseño e implantación en el ámbito de las competencias de la Comunitat Valenciana de las estructuras organizativas establecidas en las leyes procesales.

    q) Participar en la definición funcional del sistema de gestión procesal en colaboración con la DGTIC, coordinar su implantación.

    r) Colaborar con la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el diseño y gestión, de la Sede Judicial electrónica de la Comunitat Valenciana.

    s) Gestionar la firma electrónica y cuentas de correo electrónico del personal al servicio de la Administración de justicia en colaboración con el órgano competente.

    t) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.



    Artículo 19. Secretaría General Administrativa

    Adscrita a la Subsecretaría, la Secretaría General Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, es la unidad con la máxima jerarquía de nivel administrativo de la Conselleria que presta apoyo directo a la persona titular de la Subsecretaría y, bajo su autoridad, atiende y gestiona la totalidad de los servicios generales de la Conselleria.

    La Secretaría General Administrativa se estructura del siguiente modo:

    – Servicio de Contratación de Servicios, Suministros y Asuntos Generales

    – Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria

    – Servicio de Coordinación y Apoyo Técnico

    – Servicio de Personal

    – Servicio de Contratación de Infraestructuras y Gestión Patrimonial.

    1. Servicio de Contratación de Servicios, Suministros y Asuntos Generales al que le corresponden las funciones de contratación relativas a contratos de servicios, excepto los vinculados a contratos referidos a infraestructuras, así como la contratación de suministros, en concreto tendrá las siguientes funciones:

    a) Analizar, diseñar, determinar y ordenar los criterios en relación con las contrataciones de servicios y suministros que se efectúen.

    b) Estudiar, preparar y formalizar los expedientes de contratación de servicios y suministros de la Conselleria.

    c) Elaborar informes, propuestas de resolución y demás incidencias que se deriven de los contratos competencia del Servicio de Contratación de Servicios, Suministros y Asuntos Generales.

    d) Gestionar los contratos derivados de los acuerdos marco centralizados.

    e) Llevar el seguimiento de la ejecución de los expedientes de contratación competencia del Servicio de Contratación de Servicios, Suministros y Asuntos Generales.

    f) Realizar estudios, propuestas y actuaciones que afecten a la organización de los asuntos generales de la Conselleria.

    g) Gestionar el archivo general de la Conselleria.

    h) Velar por el correcto funcionamiento del Registro General de entrada y salida de documentos y del archivo general de la Conselleria.

    i) Gestionar los asuntos generales, tales como régimen interior, parque móvil, sin perjuicio de las competencias que tenga atribuidas la Conselleria competente en esta materia, así como el mantenimiento de instalaciones y otros similares.

    j) Gestionar las adquisiciones de material de tipo general necesario para el normal funcionamiento de la Conselleria.

    k) Establecer criterios de racionalización y homogeneización en materia de adquisición y utilización de material de tipo general y elaborar la propuesta y gestionar la adquisición de mobiliario y material fungible e inventariable.

    l) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

    2. Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria al que le corresponden las siguientes funciones:

    a) Elaborar el anteproyecto de los presupuestos de la conselleria.

    b) Tramitar las modificaciones presupuestarias.

    c) Tramitar y formalizar los ingresos que se originen por las actividades de los distintos centros directivos de la conselleria.

    d) Controlar y hacer el seguimiento de la ejecución presupuestaria y económica de todos los programas presupuestarios de la conselleria, asi como gestionar el programa correspondiente a Dirección y Servicios Generales de la Subsecretaría.

    e) Informar los anteproyectos de Ley, proyectos de disposiciones generales, resoluciones o convenios de la conselleria con repercusión en el gasto público.

    f) Coordinar y hacer el seguimiento de las distintas cajas pagadoras de la conselleria, así como la contabilización de las cuentas justificativas de los fondos de caja fija gestionados por los centros directivos de la conselleria.

    g) Supervisar la actividad de gestión económico-presupuestaria que realicen otras unidades de la conselleria.

    h) Coordinar el Registro Único de Facturas (RUF).

    i) Controlar y hacer el seguimiento de la facturación de la conselleria.

    j) Evaluar los programas presupuestarios y, en general, desarrollar todas las funciones de carácter económico y presupuestario que le sean encomendadas por los órganos superiores.

    k) Establecer las directrices para la correcta gestión de gastos e ingresos y la óptima utilización de los recursos.

    l) Cualquier otra función relativa a la gestión económica o presupuestaria.

    3 Servicio de Coordinación y Apoyo Técnico al que le corresponden las siguientes funciones:

    a) Coordinar los servicios de gestión administrativa de las direcciones territoriales de la conselleria.

    b) Coordinar e impulsar la tramitación de los proyectos normativos, así como colaborar con las direcciones generales en la elaboración de los mismos.

    c) Racionalizar los procedimientos administrativos en coordinación con los restantes departamentos de la conselleria.

    d) Prestar asistencia técnica a las direcciones generales para la preparación de convocatorias de subvenciones así como para la implantación de procedimientos de gestión.

    e) Coordinar, hacer el seguimiento y supervisar e impulsar la tramitación de los convenios y acuerdos y su remisión al Registro de Convenios.

    f) Elaborar los informes de los textos normativos provinientes de otras consellerias

    g) Supervisar y revisar los expedientes correspondientes a los asuntos que se deban elevar a la Comisión de secretarías autonómicas y subsecretarías y al Consell para su aprobación o conocimiento, preparar el informe de la Subsecretaria y trasladar los acuerdos al centro directivo correspondiente de la conselleria.

    h) Tramitar la publicación de normas y actos de la conselleria en los diarios oficiales.

    i) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

    4. Servicio de Personal al que le corresponden las siguientes funciones:

    a) Gestionar el personal de la conselleria.

    b) Preparar las propuestas de las relaciones de puestos de trabajo de la conselleria y sus actualizaciones.

    c) Elaborar estudios sobre las plantillas de personal de las distintas unidades de la conselleria.

    d) Elaborar informes y propuestas de resolución respecto de los recursos administrativos y reclamaciones en materia de personal.

    e) Tramitar los procedimientos disciplinarios.

    f) Tramitar las situaciones del personal.

    g) Custodiar y mantener los expedientes de personal.

    h) Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de personal.

    i) Gestionar las nóminas y sus incidencias.

    j) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.

    5. Servicio de Contratación de infraestructuras y Gestión Patrimonial al que le corresponden las funciones de contratación relativas a las infraestructuras, incluyendo los contratos de servicios vinculados a las mismas, y la gestión del patrimonio mobiliario e inmobiliario de la Conselleria, en concreto tendrá las siguientes funciones:

    a) Analizar, diseñar, determinar y ordenar los criterios en relación con las contrataciones que se efectúen relativas a infraestructuras y servicios vinculados a las mismas.

    b) Estudiar, preparar y formalizar los expedientes de contratación relativos a las infraestructuras y servicios vinculados a las mismas.

    c) Elaboración de informes, propuestas de resolución y demás incidencias que se deriven de los contratos competencia de ese servicio.

    d) Asesorar en la planificación, programación, seguimiento y evaluación de las infraestructuras de la Conselleria.

    e) Llevar la gestión patrimonial de los bienes muebles e inmuebles afectos a la Conselleria

    f) Llevar el seguimiento de la ejecución de los expedientes de contratación competencia de este servicio.

    g) Coordinar dentro del ámbito de la Conselleria y gestionar ante la dirección general competente las necesidades de material informático y telemático necesario para el desarrollo del trabajo presencial y no presencial.

    h) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.



    Artículo 20 De la Subdirección General de Organización

    La Subdirección General de Organización asume las funciones en materia de organización, gestión y mejora de los procesos competencia de la Conselleria, así como la gestión de las contempladas en materia de procesos electorales en el artículo 14.3 del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública y, bajo la supervisión de la persona titular de la Subsecretaría, asiste a la misma en la ejecución y seguimiento de las actividades y procesos que esta le encomiende.

    Para el cumplimiento de las funciones mencionadas en el párrafo anterior, la Subdirección General de Organización se estructura en los siguientes servicios a los que corresponde las funciones que asimismo se indican:

    1. Servicio de organización, gestión y mejora de procesos, al que corresponden las siguientes funciones:

    a) Estudiar los procesos, estructuras y métodos de trabajo y proponer las medidas de mejora al efecto.

    b) Impulsar la tramitación telemática de los procedimientos competencia de la conselleria y estudiar y hacer propuestas sobre normalización de documentos administrativos.

    c) Dirigir y supervisar las actuaciones tendentes a la mejora de la calidad de los procedimientos y servicios públicos competencia de la conselleria y de los instrumentos generales aplicables para su modernización.

    d) Dirigir y supervisar las medidas de simplificación, reducción de cargas administrativas y acceso electrónico en los procedimientos administrativos de la conselleria en el Gestor Único de Contenidos de la Generalitat (GUC).

    e) Gestionar y tramitar las propuestas de los ciudadanos en el Portal de la Transparencia de la Generalitat (Portal GV Oberta) relacionadas con las materias que se correspondan con el ámbito competencial de la conselleria.

    f) Tramitar los procedimientos de responsabilidad patrimonial.

    g) Efectuar estudios y propuestas sobre modificación de la normativa vigente, así como elaborar los proyectos normativos competencia de la subsecretaría o a propuesta de otros centros directivos.

    h) Gestionar y tramitar las quejas y sugerencias.

    i) Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y en materia de seguridad de la información.

    j) Ejercer las funciones que le corresponde como Unidad de Transparencia de la conselleria.

    k) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias

    2. Servicio de procesos electorales, al que corresponden las siguientes funciones:

    a) Realizar el seguimiento de los procesos electorales.

    b) Elaborar y coordinar la normativa específica destinada a su celebración.

    c) Coordinar las relaciones necesarias con la administración electoral y con los órganos competentes de la Administración General del Estado.

    d) Elaborar análisis estadísticos, estudios comparativos y evaluación de procesos electorales y consultas populares y electorales.

    e) Realizar propuestas de desarrollo legislativo del sistema de consultas populares municipales de acuerdo con lo legalmente establecido.

    f) Proponer técnicas que optimicen el funcionamiento de las infraestructuras y medios ofimáticos destinados al seguimiento electoral.

    g) Gestionar las subvenciones autonómicas anuales y las correspondientes por gastos electorales de las formaciones políticas, en los términos establecidos en la legislación vigente.

    h) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.