ORDEN de 29 julio de 2003, del conseller de Sanidad, por la que se amplía a cuatro el número de directores de Asistencia Sanitaria de Zona, en virtud de la autorización contenida en el Decreto 215/1999, de 9 de noviembre, del Gobierno Valenciano.



Publicado en:  DOGV núm. 4581 de 05.09.2003
Número identificador:   2003/M9748
Referencia Base Datos:  4021/2003
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria Sanidad
    Grupo Temático: Legislación, Reglamentación
    Materias: Sanidad
    Descriptores:
      Temáticos: política sanitaria, establecimiento hospitalario, profesión sanitaria, organización administrativa, cuadro administrativo , personal estatutario de instituciones sanitarias


  • ORDEN de 29 julio de 2003, del conseller de Sanidad, por la que se amplía a cuatro el número de directores de Asistencia Sanitaria de Zona, en virtud de la autorización contenida en el Decreto 215/1999, de 9 de noviembre, del Gobierno Valenciano. [2003/M9748]

    Por Decreto 215/1999, de 9 de noviembre, del Gobierno Valenciano (DOGV núm. 3.625, de 15.11.1999), y con la finalidad de conseguir una mayor eficacia en la gestión sanitaria, así como una adecuada integración de los distintos niveles asistenciales, se creó la figura administrativa del director de Asistencia Sanitaria de Zona, de carácter estatutario, dependiente orgánica y funcionalmente de la entonces denominada Dirección General para la Prestación Asistencial.

    Su disposición adicional establecía que el número de directores de Asistencia Sanitaria de Zona sería de dos y autorizaba al conseller de Sanidad para la posible modificación de dicho número, mediante orden.

    En su virtud, y haciendo uso de la autorización contenida en el precitado Decreto 215/1999, de 9 de noviembre, del Gobierno Valenciano,

    Ordeno

    Artículo único. Ampliación del número de directores de Asistencia Sanitaria de Zona

    El número de directores de Asistencia Sanitaria de Zona, de carácter estatutario, será de cuatro, y dependerán orgánica y funcionalmente del director general de Asistencia Sanitaria, dependiente a su vez de la Secretaría Autonómica para la Agencia Valenciana de la Salud.

    Disposición final

    Entrada en vigor.

    La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Valencia, 29 de julio de 2003

    El conseller de Sanidad,