Orden de 14 de diciembre de 1993, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la cual se modifica la Orden de 1 de septiembre de 1984, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia



Publicado en:  DOGV núm. 2181 de 10.01.1994
Referencia Base Datos:  0032/1994
 
  • Análisis jurídico

    Fecha de entrada en vigor: 10.01.1994
    Notas: Se modifica la Orden de 1 de septiembre de 1984 que desarrollaba el Decreto 79/1984, sobre aplicación de la Ley 4/1983, de Uso y Enseñanza del Valenciano, en la enseñanza no universitaria, en lo referente a las solicitudes de exención de la materia de valenciano.DG Ordenación e Innovación Educativa.
    Esta disposición afecta a:
      Modifica a:
  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria Educación y Ciencia
    Grupo Temático: Legislación, Reglamentación
    Materias: Educación
    Descriptores:
      Temáticos: legislación escolar, enseñanza primaria, enseñanza secundaria, lengua oficial, enseñanza de idiomas , valenciano, normalización lingüística


  • ORDEN de 14 de diciembre de 1993, de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la cual se modifica la Orden de 1 de septiembre de 1984, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia (DOGV n.º 191, de 25 de septiembre), por la cual se desarrolla el Decreto 79/1984, de 30 de julio, sobre la aplicación de la Ley 4/1983, de Uso y EnseÑanza del Valenciano, en el ámbito de la enseÑanza no universitaria de la Comunidad Valenciana. [94/0059]

    La Orden de 1 de septiembre de 1984 (DOGV n.º 191, de 25 de septiembre) establece que las solicitudes de exención de la materia de Valenciano las resolverá el conseller de Cultura, Educación y Ciencia.

    Las especiales características en la concesión de las exenciones de la asignatura de Valenciano, una vez aprobada la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aconsejan que éstas puedan ser revisadas en vía administrativa por el conseller de Educación y Ciencia.

    Por todo ello, haciendo uso de las funciones previstas en el artículo 35 de la Ley de Gobierno Valenciano,

    DISPONGO

    único

    Las solicitudes de la exención de la asignatura de Valenciano, excepto los casos previstos en el artículo segundo, apartado 2 de la Orden de 1 de septiembre de 1984, serán resueltas por el director general de Ordenación e Innovación Educativa.

    DISPOSICIóN DEROGATORIA

    Queda derogada la Orden de 1 de septiembre de 1984 de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia en todo aquello que se opone a esta orden.

    DISPOSICIóN FINAL

    Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Valencia, 14 de diciembre de 1993

    El conseller de Educación y Ciencia,

    JOAN ROMERO GONZáLEZ