CORRECCIÓN de errores de la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana.



Publicado en:  DOGV núm. 4196 de 22.02.2002
Número identificador:   2002/X1560
Referencia Base Datos:  0769/2002
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Presidencia de la Generalitat
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Presupuestos y política presupuestaria
    Descriptores:
      Temáticos: impuesto, impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre transmisiones patrimoniales, saneamiento, juego, cooperativa, medios para discapacitados, toxicomanía, voluntariado social, sistema monetario europeo , Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, Servicio Valenciano de Empleo y Formación


  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana. [2002/X1560]

    Se han advertido unos errores en la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 4.158, de 31 de diciembre de 2001, se procede a su corrección.

    Se debe añadir, detrás del artículo 61, los siguientes artículos:

    «Artículo 62

    Se modifica el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 7/1997, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y del Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Valenciana, modificado por el artículo 39 de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, que queda redactado de la siguiente forma:

    “2. La Secretaría del Plan Valenciano quedará adscrita orgánicamente al Departamento de la Generalitat Valenciana que ostente las competencias en materia de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación”.

    Artículo 63

    Se modifica el apartado 4 del artículo 15 de la Ley 7/1997, de Fomento y Coordinación de la Investigación Científica y del Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Valenciana, modificado por el artículo 41 de la Ley 11/2000, de 28 de diciembre, que queda redactado de la siguiente manera:

    “4. Este organismo estará adscrito a la Conselleria de Innovación y Competitividad”.

    Como consecuencia de esta corrección, el artículo 62 del texto original de la ley pasa, tanto en castellano como en valenciano, a ser el artículo 64, con la siguiente modificación:

    Donde dice:

    «Complemento específico A: ...

    La dedicación en jornada ordinaria del personal que perciba este complemento será bien de mañana o bien de tarde...»

    Debe decir:

    «Complemento específico A: ...

    La dedicación en jornada ordinaria del personal médico que perciba este complemento será bien de mañana o bien de tarde...».