CORRECCIÓN de errores del Decreto 91/2009, de 3 de julio, del Consell, por el que se aprueba el reglamento regulador de los bloques y conjuntos de viviendas turísticas de la Comunitat Valenciana, y del Decreto 92/2009, de 3 de julio, del Consell, por el que se aprueba el reglamento regulador de las viviendas turísticas denominadas apartamentos, villas, chalés, bungalows y similares, y de las empresas gestoras, personas jurídicas o físicas, dedicadas a la cesión de su uso y disfrute, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.



Publicado en:  DOGV núm. 6135 de 02.11.2009
Número identificador:   2009/12323
Referencia Base Datos:  012274/2009
 
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Conselleria Turismo
    Grupo Temático: Reglamentación, Legislación
    Materias: Turismo
    Descriptores:
      Temáticos: turismo, infraestructura turística, reglamentación de alquileres, vivienda, arrendamiento inmobiliario , alojamiento turístico, monografías


  • CORRECCIÓN de errores del Decreto 91/2009, de 3 de julio, del Consell, por el que se aprueba el reglamento regulador de los bloques y conjuntos de viviendas turísticas de la Comunitat Valenciana, y del Decreto 92/2009, de 3 de julio, del Consell, por el que se aprueba el reglamento regulador de las viviendas turísticas denominadas apartamentos, villas, chalés, bungalows y similares, y de las empresas gestoras, personas jurídicas o físicas, dedicadas a la cesión de su uso y disfrute, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2009/12323]

    Primero

    Habiéndose comprobado el texto del Decreto 91/2009, de 3 de julio, del Consell, arriba indicado, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6051, de 7 de julio de 2009, se han detectado varios errores materiales, tanto en la versión en castellano como en valenciano, en el articulado y en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, que se pasan a detallar:

    · En la versión en castellano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 4, dimensiones de las viviendas (dimensiones mínimas).

    Donde dice:

    Superior Primera Estándar

    - Dotación según núm. de plazas + 4 plazas + 6 plazas -

    1 baño 2 baños o 1 baño o

    1 baño o aseo aseo

    aseo

    Debe decir:

    Superior Primera Estándar

    - Dotación según núm. de plazas + 4 plazas + 6 plazas -

    1 baño 2 baños o 1 baño o

    1 baño o aseos aseo

    aseo

    · En la versión en castellano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 5, dotación de las viviendas.

    Donde dice:

    «Todas las viviendas estarán dotados de TV color»;

    Debe decir:

    «Todas las viviendas estarán dotadas de televisor en color».

    · En la versión en valenciano, en el artículo 16, punto 1.

    Donde dice:

    «1. El Servici Territorial de Turisme serà l'òrgan competent per a l'ordenació i instrucció del procediment d'inscripció en el Registre General d'Empreses, Establiments i Professions Turístiques de la Comunitat Valenciana -d'ara en d'avant, el Registre. El qual, atenent la comunicació efectuada per la persona interessda, classificarà turísticament i inscriurà d'ofici a l'establiment en el Registre, en la modalitat i categoria que s'haguera indicat. A este efecte, entregarà al titular un document que acredite la inscripció»;

    Debe decir:

    «1. El Servici Territorial de Turisme serà l'òrgan competent per a l'ordenació i instrucció del procediment d'inscripció en el Registre General d'Empreses, Establiments i Professions Turístiques de la Comunitat Valenciana -d'ara en d'avant, el Registre. El qual, atenent la comunicació efectuada per la persona interessada, classificarà turísticament i inscriurà d'ofici a l'establiment en el Registre, en la modalitat i categoria que s'haguera indicat. A este efecte, entregarà al titular un document que acredite la inscripció».

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 2, instalaciones, cuando se contempla la calefacción.

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    - Dormitoris SÍ -

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    - Dormitoris SÍ SÍ -

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 4, dimensiones de las viviendas (dimensiones mínimas).

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    - Dotació segons núm.

    de places 4 places 6 places -

    1 bany 2 banys o 1 bany o

    1 bany o lavabo labavo

    labavo

    Debe decir:

    Superior Primera Estándard

    - Dotació segons núm.

    de places + 4 places + 6 places -

    1 bany 2 banys o 1 bany o

    1 bany o lavabos lavabo

    lavabo

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 5, dotación de las viviendas.

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    - Planxa elèctrica (**) SÍ SÍ

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    - Planxa elèctrica (**) SÍ SÍ -

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a los bloques y conjuntos de viviendas turísticas, en el apartado 5, dotación de las viviendas.

    Donde dice:

    «· Tots els habitatges estaran dotats de TV color»;

    Debe decir:

    «· Tots els habitatges estaran dotats de televisor en color».

    Segundo

    Igualmente, habiéndose comprobado el texto del Decreto 92/2009, de 3 de julio, del Consell, arriba indicado, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6051, de 7 de julio de 2009, se han detectado varios errores materiales en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, que se pasan a detallar:

    · En la versión en castellano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 2, instalaciones y servicios.

    Donde dice:

    Superior Primera Estándar

    · Refrigeración (****)

    Dormitorios SÍ - -

    Salas y salones SÍ SÍ -

    Debe decir:

    Superior Primera Estándar

    · Refrigeración (****)

    Dormitorios SÍ - -

    Salas y salones SÍ SÍ -

    Donde dice:

    Superior Primera Estándar

    · Teléfono o acceso a Internet SÍ - -

    · Agua caliente SÍ SÍ SÍ

    · Jardines comunes SÍ - -

    Debe decir:

    Superior Primera Estándar

    · Teléfono o acceso a Internet SÍ - -

    · Agua caliente SÍ SÍ SÍ

    · Jardines comunes SÍ - -

    · En la versión en castellano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 3, dimensiones de las viviendas.

    Donde dice:

    Superior Primera Estándar

    - Por cada plaza en litera m² de más - 4,50 3,50

    Debe decir:

    Superior Primera Estándar

    - Por cada plaza en litera m² de más - 4,50 3,50

    Donde dice:

    Superior Primera Estándar

    · Lavadero SÍ - -

    Debe decir:

    Superior Primera Estándar

    · Lavadero SÍ - -

    · En la versión en castellano, en el anexo requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 4, dotación de las viviendas.

    Donde dice:

    «· Las viviendas de las categorías superior y primera estarán dotados de TV color»;

    Debe decir:

    «· Las viviendas de las categorías superior y primera estarán dotadas de televisor en color»;

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 2, instalaciones y servicios.

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    · Refrigeració (****)

    Dormitoris SÍ - -

    Sales i salons SÍ SÍ -

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    · Refrigeració (****)

    Dormitoris SÍ - -

    Sales i salons SÍ SÍ -

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    · Telèfon o accés a Internet SÍ - -

    · Aigua calenta SÍ SÍ SÍ

    · Jardins comuns SÍ - -

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    · Telèfon o accés a Internet SÍ - -

    · Aigua calenta SÍ SÍ SÍ

    · Jardins comuns SÍ - -

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 3, dimensiones de las viviendas.

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    - Per cada plaça en llitera m² de més - 4,50 3,50

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    - Per cada plaça en llitera m² de més - 4,50 3,50

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    - Dotació segons núm. de places +4 places + 6 places -

    1 bany 2 banys o 1 bany o

    1 bany labavos lavabo

    o lavabo

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    - Dotació segons núm. de places +4 places + 6 places -

    1 bany 2 banys o 1 bany o

    1 bany lavabos lavabo

    o lavabo

    Donde dice:

    Superior Primera Estàndard

    · Llavador SÍ - -

    Debe decir:

    Superior Primera Estàndard

    · Llavador SÍ - -

    · En la versión en valenciano, en el anexo de requisitos técnicos de clasificación exigibles a las viviendas turísticas, en el apartado 4, dotación de las viviendas.

    Donde dice:

    «· Els habitatges de les categories superior i primera estaran dotats de TV color»;

    Debe decir:

    «· Els habitatges de les categories superior i primera estaran dotats de televisor en color».