Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 1 de abril de 2021, de la Vicepresidencia del Consell y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convoca para el ejercicio 2021 ayudas personales para la promoción de la autonomía personal de personas con diversidad funcional. [2021/3448]

(DOGV núm. 9056 de 08.04.2021) Ref. Base Datos 003137/2021




BDNS (identif.): 555754



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/555754



Primero. Personas beneficiarias

Pueden solicitar las ayudas las personas físicas que tengan la condición legal de persona con discapacidad o diversidad funcional residentes en la Comunitat Valenciana.



Segundo. Objeto

Se consideran como objeto de ayudas personales para facilitar la autonomía personal las siguientes:

a) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.

b) Ayuda destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.

c) Ayuda para la adaptación de vehículos.

d) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 1/2016, de 20 de enero, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones en materia de atención a personas con diversidad funcional, promoción de la autonomía personal y de la accesibilidad, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7705, de 26 de enero de 2016 y modificada por la Orden 3/2019, de 23 de julio, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de modificación de la Orden 1/2016, de 20 de enero (DOGV 8600, 26.07.2019).



Cuarto. Cuantía

1. Las subvenciones concedidas, en virtud de esta convocatoria, están dotadas con un importe global de 1.100.000,00 €.

2. El importe de la subvención se determinará en atención a la puntuación obtenida, y los criterios que se establecen en la resolución de convocatoria.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Sexto. Otros datos

1. Solicitudes. Preferentemente en el Registro General de las Direcciones Territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas correspondiente al municipio en que reside el solicitante, así como en cualquiera de los lugares que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Se podrán presentar igualmente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat (https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=369&version=amp) mediante la firma electrónica propia de la persona solicitante o la de la persona que la represente.

2. Documentación: la prevista en el apartado Quinto de la resolución de convocatoria.

El modelo de solicitud, de documentación específica y de domiciliación bancaria están a disposición de los interesados en el portal de la Generalitat (www.gva.es), accediendo a los apartados «Guía Prop», «Trámites y Servicios».

3. Criterios de valoración: En la evaluación de las solicitudes se podrá obtener un máximo de 100 puntos, con arreglo a los criterios que establece el apartado noveno de la resolución de convocatoria, debiendo obtener una puntuación mínima de 60 puntos para la concesión de la subvención.



València, 1 de abril de 2021.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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