Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la cual se establece el calendario de realización de las pruebas para la obtención de los títulos de técnico o técnica y de técnico o técnica superiores de Formación Profesional. [2020/5202]

(DOGV núm. 8850 de 06.07.2020) Ref. Base Datos 005126/2020


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: Educación



El Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma por la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, establece en su disposición adicional tercera la suspensión de los términos e interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

El procedimiento de inscripción y calendario de actuaciones de las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional fue publicado por la Resolución de 15 de octubre de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la cual se convocan pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional (DOGV 8662, 23.10.2019), la realización de estas pruebas, previstas entre los días 30 de marzo y 8 de abril de 2020 ambos incluidos, no pudo llevarse a cabo a causa del decreto de estado de alarma.

El Real decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el cual se prorroga el estado de alarma declarado por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, establece en la disposición derogatoria única que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, queda derogada la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

De acuerdo con la normativa indicada, y vistas las funciones atribuidas en el artículo 16, apartado 1, del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelvo:



Primero. Calendario de realización de las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional

Se establece el calendario de realización de las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior de Formación Profesional del sistema educativo, correspondientes a la convocatoria del año 2020, entre el 26 de octubre y el 4 de noviembre de 2020, ambos incluidos.



Segundo. Centros examinadores y comisiones evaluadoras

1. Los centros examinadores serán los relacionados en los anexos I-A, I-B, II-A y II-B de la Resolución de 15 de octubre de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se convocan pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional.

2. Según el calendario de actuaciones de la Resolución de 15 de octubre de 2019, las direcciones territoriales, a fecha 31 de enero de 2020, comunicaron a los centros examinadores las comisiones evaluadoras designadas, cualquier cambio en las mismas tendrá que ser comunicado antes del 11 de septiembre de 2020.



Tercero. Orientaciones al alumnado

La dirección del centro con las comisiones evaluadoras concretarán el procedimiento y publicarán en los centros hasta el 18 de septiembre de 2020 el calendario de actuaciones dirigidas a informar y orientar a las personas aspirantes, así como el calendario de las pruebas, los criterios de evaluación y los utensilios con los que tendrán que acudir para la realización de estas.



Cuarto. Remisión informe estadístico de la Inspección de Educación a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial

Realizadas las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior de Formación Profesional, los centros docentes levantarán acta final, una copia de la cual se enviará a la Inspección de Educación para su estudio e informe estadístico posterior para la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, que será remitido hasta el día 29 de enero de 2021.



Quinto. Compatibilidad matrícula

1. El punto 3 del apartado dos de la Resolución de 15 de octubre de 2019, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la cual se convocan pruebas para la obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional, establece que el alumnado no podrá estar matriculado en el mismo módulo profesional en las pruebas para la obtención de los títulos de técnico o técnica y de técnico o técnica superiores de Formación Profesional, convocadas por esta o por cualquier otra administración educativa, y tampoco podrá estar matriculado simultáneamente en el mismo módulo profesional en la modalidad de enseñanzas de régimen presencial, semipresencial o a distancia.

2. Visto que la matrícula de las pruebas convocadas por dicha resolución corresponden al curso académico 2019-2020 y, a pesar de que los exámenes se realizan en un periodo del curso 2020-2021, el alumnado matriculado en las pruebas derivadas de la Resolución de 15 de octubre de 2019, podrá matricularse en el mismo módulo profesional en la modalidad de enseñanzas de régimen presencial, semipresencial o a distancia en el curso 2020-2021.





DISPOSICIONES FINALES



Primera. Entrada en vigor

La presente resolución producirá efectos el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Segunda. Recursos

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 29 de junio de 2020.– El director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial: Manuel Gomicia Giménez.

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