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RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2020, de la presidenta de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la cual se publican las fechas del procedimiento de admisión en el primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y sus centros adscritos, para el curso 2020-2021, así como otros acuerdos de la mencionada comisión. [2020/4488]

(DOGV núm. 8836 de 16.06.2020) Ref. Base Datos 2020/4488




La normativa básica sobre acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado se recoge en el Real decreto 412/2014, de 6 de junio, por el cual se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

En el ámbito de la Comunidad Valenciana se dictó el Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el cual se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano, que en el artículo 4 determina las funciones de la mencionada comisión en materia de preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano.

En virtud del mencionado decreto se dictó la Resolución de 27 de mayo de 2013, del presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la cual se publica el acuerdo de esta comisión sobre regulación de los procedimientos de admisión en el primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunidad Valenciana, publicada en el DOGV n.º 7036, de fecha 31 de mayo de 2013.

En conformidad con el que dispone el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, y en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 80/2010, de 7 de mayo, del Consell, por el cual se regula la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano, la mencionada comisión ha adoptado los acuerdos siguientes:



Primero. Plazos de presentación de solicitudes de preinscripción para el curso 2020-2021.

El alumnado rellenará su solicitud de preinscripción para la admisión en el primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunidad Valenciana para el curso 2020-2021, a través del asistente telemático alojado en la página web de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital en la dirección www.preinscripcion.gva.es.

1. Todo el alumnado presentará la solicitud de preinscripción de forma telemática en virtud de lo que establece el Acuerdo adoptado el 26 de mayo de 2020 por la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, dentro de los plazos que se indica a continuación:

Convocatoria ordinaria: Desde el 1 al 22 de julio de 2020, para todos los participantes en el proceso de preinscripción que sean estudiantado que se haya presentado a las pruebas de acceso a la universidad (PAU) de julio de 2020, estudiantado de cursos anteriores, estudiantado titulado, estudiantado de ciclos formativos o estudiantado extranjero que no acceda a la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b y 9.2.b y c del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, antes mencionado. El día 22 de julio el plazo finaliza a las 14.00 horas.

Convocatoria extraordinaria: Desde el 14 al 21 de septiembre de 2020, para todos los participantes en el proceso de preinscripción que sean estudiantado que se haya presentado a las pruebas de acceso a la universidad (PAU) de julio o de septiembre de 2020, estudiantado con el acceso de mayores de 25, 40 o 45 años, estudiantado de cursos anteriores, estudiantado titulado, estudiantado de ciclos formativos o estudiantado extranjero. El día 21 de septiembre el plazo finaliza a las 14.00 horas.

El estudiantado que acceda en la universidad por la vía prevista en los artículos 9.1.b y 9.2.b y c del mencionado real decreto, y no pueda presentar la solicitud de preinscripción en el plazo anterior, tendrá de plazo hasta el día 31 de julio para presentar solicitud de preinscripción. El día 31 de julio el plazo finaliza a las 14.00 horas. Las solicitudes presentadas por el estudiantado que pertenece a este colectivo serán tenidas en cuenta y se respetarán los derechos de admisión de estos estudiantes.

2. El alumnado otras comunidades autónomas o el alumnado que se examina en la UNED, que se presente a las pruebas de acceso en la universidad del curso 2019-2020 en sus respectivas convocatorias extraordinarias, así como los alumnos de ciclos formativos de grado superior de la Comunidad Valenciana que finalizan sus estudios en la convocatoria extraordinaria del presente curso (se presentan o no a la fase voluntaria de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria) presentarán la solicitud con la documentación correspondiente, dentro del plazo establecido en el punto 1 anterior, y si no disponen en este plazo de la documentación necesaria no podrán participar en el proceso ordinario de preinscripción.

3. El alumnado a que se refiere el punto 2 anterior que no pueda participar en el proceso de preinscripción por no conocer sus calificaciones dentro del plazo de preinscripción, se dirigirá directamente a las universidades públicas de la Comunidad Valenciana para solicitar plaza cuando tengan sus calificaciones, en el mes de septiembre, y tendrán los mismos derechos de adjudicación que el alumnado de la Comunidad Valenciana que hubiera superado la prueba de acceso en la universidad en la convocatoria extraordinaria de septiembre de 2020.



Segundo. Autorización para verificar datos de identidad, domicilio y residencia.

La presentación telemática de la solicitud de preinscripción comportará automáticamente la autorización al órgano gestor para comprobar los datos de identidad, domicilio y residencia según el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el cual se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público.

En conformidad con lo que establecen el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición se tiene que interponer ante la consellera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo se tiene que plantear ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de València, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 11 de junio de 2020.– La presidenta de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las universidades públicas del Sistema Universitario Valenciano: M. Carmen Beviá Baeza.

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