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ORDEN de 14 de septiembre de 2006 de la Conselleria de Bienestar Social por la que se abre nuevo plazo para la presentación de candidaturas a las elecciones de los Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2006/11158]

(DOGV núm. 5358 de 02.10.2006) Ref. Base Datos 5068/2006

ORDEN de 14 de septiembre de 2006 de la Conselleria de Bienestar Social por la que se abre nuevo plazo para la presentación de candidaturas a las elecciones de los Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana. [2006/11158]
Por Orden de 6 de abril de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social (Diari Oficial de la Generalitat núm. 5.249 de 02.05.2006) se reguló el procedimiento de elección de los Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Mediante Orden de 11 de mayo de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social (Diari Oficial de la Generalitat núm. 5.265 de 24.05.2006) se convocaron elecciones a Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Finalizado el plazo para la presentación de candidaturas se ha comprobado la inexistencia de candidaturas en determinados sectores de actividad y en algunos ámbitos territoriales, así como la existencia de defectos insubsanables en algunas de las candidaturas presentadas.
Teniendo en cuenta que el Consejo Valenciano del Voluntariado es el órgano colegiado de la Generalitat de participación y consulta en materia de voluntariado, y que tiene como función el impulsar la participación ciudadana en las entidades de voluntariado y facilitar la colaboración de las entidades y los poderes públicos en las actuaciones de voluntariado, en aras de conseguir la mayor representatividad posible, la ausencia de candidatos en determinados sectores de actividad y ciertos ámbitos territoriales justifica la oportunidad de la apertura de un nuevo plazo de presentación de candidaturas.
En virtud de lo anterior,
Primero
Abrir un nuevo plazo de admisión de candidaturas para participar en las elecciones a Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado, en representación de las entidades de voluntariado que desarrollan su actividad en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Generalitat.
Segundo
En dicho plazo únicamente podrán presentarse candidaturas relativas a los sectores de actividad y ámbitos territoriales que quedaron desiertos al concluir el plazo inicialmente previsto y que son los siguientes:
Sectores de actividad:
Voluntariado social
Voluntariado cultural
Voluntariado deportivo
Voluntariado de cooperación
Voluntariado de movimientos vecinales
Voluntariado de socorros y emergencias
Ámbito territorial:
Alicante
Castellón
Tercero
Este nuevo plazo no afectará a quienes ya presentaron su candidatura en el plazo inicialmente establecido, por lo que no precisarán presentar una nueva, salvo en el caso de candidaturas presentadas con defectos insubsanables o no subsanados en plazo.
Cuarto
Se procederá a continuación de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de 6 de abril de 2006 de la Conselleria de Bienestar Social y de acuerdo con la Orden de 11 de mayo de 2006 de la Conselleria de Bienestar Social por la que se convocan elecciones a Vocales del Consejo Valenciano del Voluntariado.
Quinto
La presente orden pone fin a la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de su publicación, o bien impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, todo ello con independencia de cualquier otro que se estime oportuno.
Valencia, 14 de septiembre de 2006
La consellera de Bienestar Social
Alicia de Miguel García

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