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ORDEN de 16 de septiembre de 2002, del conseller de Sanidad, mediante la que se crea la Comisión de Actualización del Mapa Farmacéutico de la Comunidad Valenciana. [2002/X10747]

(DOGV núm. 4352 de 08.10.2002) Ref. Base Datos 4389/2002

ORDEN de 16 de septiembre de 2002, del conseller de Sanidad, mediante la que se crea la Comisión de Actualización del Mapa Farmacéutico de la Comunidad Valenciana. [2002/X10747]
La Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, establece en su artículo 16 que la planificación de la Oficina de Farmacia deberá realizarse en base a las necesidades de autorización farmacéutica para lo que se crean las zonas farmacéuticas, por lo que prevé, oídos los Colegios Oficiales de Farmacéuticos, la reglamentación del “mapa de zonas farmacéuticas de la Comunidad Valenciana” así como su periódica revisión de forma que la Conselleria de Sanidad deberá publicar periódicamente su actualización relacionando especialmente el listado de municipios o parte de los mismos que han adquirido legalmente la consideración de municipios turísticos.
Por su parte el Decreto 149/2001 de 5 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se establece el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia, fija que la delimitación del mapa de zonas farmacéuticas de la Comunidad Valenciana se efectúe mediante orden de la Conselleria de Sanidad y que el mismo contenga relación de las zonas farmacéuticas generales, las zonas farmacéuticas turísticas y los municipios que dentro de las zonas farmacéuticas generales tengan la consideración de turísticos.
Finalmente la Orden de 30 de octubre de 2001, del conseller de Sanidad, mediante la que se delimita el mapa de zonas farmacéuticas de la Comunidad Valenciana, establece que la Conselleria de Sanidad actualizará el mismo, periódicamente a propuesta de la Comisión de Actualización del Mapa Farmacéutico de la Comunidad Valenciana, en el que necesariamente estarán representados los Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
En su virtud,
ORDENO
Artículo 1
Se crea la Comisión de Actualización del Mapa Farmacéutico de la Comunidad Valenciana, configurándose la misma como órgano colegiado con participación de organizaciones representativas de intereses sociales, quedando integrada en la Conselleria de Sanidad en aplicación de lo establecido en el artículo 22 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 2
El objeto principal de la comisión será proponer al conseller de Sanidad las oportunas actualizaciones y modificaciones del mapa farmacéutico de la Comunidad Valenciana.
Artículo 3
La comisión de actualización del mapa farmacéutico de la Comunidad Valenciana se reunirá con carácter ordinario con periodicidad semestral, y con carácter extraordinario, mediante convocatoria de su presidente o a petición de cuatro miembros de la misma y se ajustará en su funcionamiento a lo establecido en el Título II, Capítulo II, Organos Colegiados, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 4
La comisión estará formada por:
Presidente: el director general para la Prestación Farmacéutica o persona en quien delegue.
Secretario: el jefe de la Sección de Ordenación Farmacéutica.
Vocales:
– Un representante nombrado por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la provincia de Valencia.
– Un representante nombrado por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la provincia de Alicante.
– Un representante nombrado por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la provincia de Castellón.
– Un representante nombrado por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
– Un representante nombrado por la Oficina Permanente del Mapa Sanitario.
Artículo 5
La comisión de actualización del mapa farmacéutico de la Comunidad Valenciana llevará a cabo las siguientes funciones:
a) Proponer al conseller de Sanidad las actualizaciones y modificaciones del mapa farmacéutico que resulten de la valoración de las necesidades de atención farmacéutica de la población expuestas por los propios miembros de la comisión.
b) Proponer al conseller de Sanidad, las actualizaciones que resulten por la declaración como municipios turísticos, en aplicación de la Ley 3/1998, de 21 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Turismo de la Comunidad Valenciana.
c) Proponer, valorar e informar la consideración como municipios turísticos de aquellos municipios que sin contar con la declaración de municipios turísticos relacionada en le punto anterior, les sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 19 en relación con el artículo 22 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana.
d) Conocer, valorar e informar las solicitudes formuladas por los Ayuntamiento u otras organizaciones representativas de intereses sociales para modificar las zonas farmacéuticas vigentes.
e) Cuantas otras se les atribuyan por el conseller de Sanidad a fin de alcanzar el objetivo principal que motiva la creación de la comisión.
Artículo 6
Los informes y propuestas emitidos por la comisión de actualización del mapa farmacéutico no tendrán carácter vinculante.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se faculta al director general para la Prestación Farmacéutica, para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo de la presente disposición y facilitar la actuación de la comisión.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 16 de septiembre de 2002
El conseller de Sanidad,

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