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Corrección de errores de la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1989, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 974, de 31 de diciembre de 1988.

(DOGV núm. 1030 de 21.03.1989) Ref. Base Datos 0615/1989

Corrección de errores de la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1989, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 974, de 31 de diciembre de 1988.
Advertidos errores en el texto de la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 1989, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 974, de 31 de diciembre de 1988, se realizan las siguientes rectificaciones:
Articulo 1. Apartado 3.
Debe decir: «Para la ejecución de los Programas integrados en el Estado de Gastos del Presupuesto de la Generalitat Valenciana mencionado en el punto 1 apartado a) del presente artículo, la distribución de créditos por grupos funcionales es la siguiente, en miles de pesetas:
1. Servicios de carácter general 3.989.478
2. Defensa, Protección Civil u Seguridad
Social 1.515.810
3. Seguridad, protección y promoción social 21.728.179
4. Producción bienes públicos de carácter social 318.956.801
5. Producción bienes Públicos de carácter
económico 28.900.763
6. Regulación económica de carácter general 6.134.615
7. Regulación económica de los sectores productivos 9.226.687
8. Desarrollo empresarial 656.710
9. Transferencies al sector público
territorial 61.710.000
10. Deuda pública 7.182.043
Total 460.001.043
Artículo 4. Apartado 2.
Debe decir:» Las cuantías del sueldo y trienios, referidas a doce mensualidades, serán las siguientes:
GRUPO SUELDO TRIENIO


E 657.048 16.032
Además de las doce ...»
Artículo 4. Apartado 3
«NIVEL IMPORTE


10 271.296..»
Artículo 8. Apartado 3 (texto en castellano)
Donde dice» ... sus retribuciones íntegras a la proporción correspondiente»
Debe decir: «... sus retribuciones íntegras en la proporción correspondiente».
Artículo 11. Apartado 1 (texto en castellano)
Donde dice: «... operaciones de crédito hasta un importe de 10.971 millones de pesetas»
Debe decir: «... operaciones de crédito hasta un importe de 10.791 millones de pesetas»
Artículo 11. Apartado 4
Donde dice: «... se derive de la aprobación de proyectos de inversión con los Fondos Estructurales de las Comunidades Europeas.»
Debe decir: «... se derive de la aprobación de proyectos de inversión financiados con los Fondos Estructurales de las Comunidades Europeas.»
Artículo 33. Apartado 3 (texto en castellano)
Donde dice: «... garanticen el cumplimiento de las condiciones previstas en la garantía de la misma.»
Debe decir: «... garanticen el cumplimiento de las condiciones previstas en la misma».
Artículo 36, Apartado 3, e) (texto en castellano)
Donde dice: «La inclusión y/o supresión de sus líneas d subvención ... »
Debe decir: «La inclusión y/o supresión de líneas de subvención ... »
Disposición Adicional Tercera, párrafo 2 (texto en castellano)
Donde dice: «... traspaso a la Comunidad Valenciana de sus funciones y servicios ... »
Debe decir: «... traspaso a la Comunidad Valenciana de las funciones y servicios...»
Disposición Adicional Séptima. Apartado 1
Donde dice: «El Organismo Autónomo de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA) ... »
Debe decir: «El Organismo Autónomo Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana (IMPIVA) ... »
Disposición Adicional Séptima. Apartado 2, párrafo 1 (texto en castellano)
Donde dice: «... así como la titularidad del patrimonio mobiliario del Organismo Autónomo que se transforma.»
Debe decir: «... así como la titularidad del patrimonio mobiliario e inmobiliario del Organismo Autónomo que se transforma.»
Disposición Adicional Séptima. Apartado 2, párrafo 2 (texto en castellano)
Donde dice: «Su personal se regirá por las normas de Derecho laboral o privado, correspondiente al Organo rector ...»
Debe decir: «Su personal se regirá por las normas de Derecho laboral o privado, correspondiendo al Organo rector ... »
Disposición Adicional Décima
Donde dice: «La antigüedad a que hace referencia la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 10/1985 de la Función Pública, de 3ª de julio, será tenida en cuenta a efectos de consolidación del grado personal, regulado en el artículo 48 de dicha Ley.
Por lo que se reconoce dicha antigüedad a efectos de consolidación del grado personal, al personal laboral fijo que accedió a la condición de funcionario de la Generalitat Valenciana mediante cursos y prueba que desarrollarán dicha Disposición Transitoria Segunda del Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana 143/1988, de 23 de septiembre, sobre relaciones de puesto de trabajo.»
Debe decir: «La antigüedad a que hace referencia la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 10/1985 de la Función Pública, de 31 de julio, será tenida en cuenta a efectos de consolidación del grado personal, regulado en el artículo 48 de dicha Ley.
Por lo que se reconoce dicha antigüedad a efectos de consolidación del grado personal, al personal laboral fijo que accedió a la condición de funcionario de la Generalitat Valenciana mediante cursos y prueba que desarrollaron dicha Disposición Transitoria, así como a los que accedan en el futuro mediante los cursos previstos en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto del Consell de la Generalitat Valenciana 143/1988, de 23 de septiembre, sobre relaciones de puestos de trabajo.»
Anexo 1. Universidades. Subvención global.
Donde dice: «1.2 Universidad Politécnica de Valencia.
Operaciones corrientes 3.590.196»
Debe decir: «1.2 Universidad Politécnica de Valencia.
Operaciones corrientes 3.590.296»
Valencia, 10 de marzo de 1989. - El Conseller de Economía y Hacienda: Antoni Birlanga Casanova.
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