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CORRECCION de errores de la publicación de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre de 1997, de Tasas de la Generalitat Valenciana. [1998/C1215]

(DOGV núm. 3186 de 18.02.1998) Ref. Base Datos 0258/1998

CORRECCION de errores de la publicación de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre de 1997, de Tasas de la Generalitat Valenciana. [1998/C1215]
Se han advertido algunos errores en la publicación de la ley de referencia (DOGV núm. 3.151, de 29.12.97), por lo que se hacen las correcciones siguientes:
- En la página 20.034, en el título del artículo 76, en la versión en castellano, donde dice:
«Sujetos pasivos»;
Debe decir:
«Sujeto pasivo».
- En la página 20.035, en el título del artículo 84, en la versión en castellano, donde dice:
«Hecho Imponible»;
Debe decir:
«Hecho imponible».
- En la página 20.046, en el título del artículo 106, en la versión en castellano, donde dice:
«Tipo de gravamen»;
Debe decir:
«Tipos de gravamen».
- En la página 20.057, en el punto uno del artículo 140, donde dice:
«... del artículo 143 de esta Ley.»;
Debe decir:
«... del artículo 147 de esta ley..».
- En la página 20.064, en el título del artículo 155, en la versión en castellano, donde dice:
«Tipos de gravamen.»;
Debe decir:
«Tipo de gravamen».
- En la página 20.073, en el artículo 174, en la versión en castellano, donde dice:
«... en cualquier de los siguientes ...»;
Debe decir:
«... en cualquiera de los siguientes ...».
- En la página 20.076, en la última línea del artículo 176, en la versión en castellano, donde dice:
«... de Instituto Nacional de la Seguridad Social.».
Debe decir:
«... del Instituto Nacional de la Seguridad Social.».
- En la página 20.080, en el artículo 186, en la versión en castellano, donde dice:
«2. Conservación Transitoria.»;
Debe decir:
«2. Conservación transitoria.».
- En la página 20.083, en el artículo 198, donde dice:
«... Registro de Comerciante y Comercio.»;
Debe decir:
«... Registro de Comerciantes y Comercio.».
- En la página 20.102, en el artículo 255, donde dice:
«7.3 Resto de actuacionesse aplicarán ...»;
Debe decir:
«7.3 Resto de actuaciones: se aplicarán ...».
- En la misma página, en el artículo 258, en la versión en castellano, donde dice:
«... a los que se refiere ...»;
Debe decir:
«... al que se refiere ...».
- En la página 20.107, en el artículo 284, en la versión en castellano, donde dice:
«... A LAS TITULACIONES 139...»;
Debe decir:
«... A LAS TITULACIONES ...».
- En la misma página, en el artículo siguiente al 284, en la versión en valenciano, donde dice:
«Article 281. Meritació i pagament»;
Debe decir:
«Article 285. Meritació i pagament».
- En la página 20.108, en el punto cuatro de la disposición adicional segunda, donde dice:
«... Conselleria de Economía y Hacienda ...»;
Debe decir:
«... Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública ...».

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