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RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2023, del secretario autonómico de Presidencia, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 3/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de viviendas colaborativas de la Comunitat Valenciana. [2023/11706]

(DOGV núm. 9735 de 29.11.2023) Ref. Base Datos 011457/2023

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2023, del secretario autonómico de Presidencia, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado-Generalitat, en relación con la Ley 3/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de viviendas colaborativas de la Comunitat Valenciana. [2023/11706]
De acuerdo con lo que establece el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo que se transcribe como anexo en esta resolución.

València, 15 de noviembre de 2023.– El secretario autonómico de Presidencia: Cayetano García Ramírez.



ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado-Generalitat en relación con la Ley 3/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de viviendas colaborativas de la Comunitat Valenciana.

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado-Generalitat ha adoptado el siguiente acuerdo:

I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el grupo de trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración general del Estado-Generalitat, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias competenciales manifestadas en relación con el artículo 19 de la Ley 3/2023, de 13 de abril, de la Generalitat, de viviendas colaborativas de la Comunitat Valenciana, ambas partes las consideran solventadas en razón del siguiente compromiso:
El Gobierno de la Generalitat Valenciana se compromete a promover la correspondiente iniciativa legislativa a fin de suprimir el apartado 5 del artículo 19 de la Ley.

II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.

III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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