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CORRECCIÓN de errores del Decreto 56/2011, de 20 de mayo, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, del Reglamento del Juego del Bingo, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, y del Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego. [2011/7375]

(DOGV núm. 6554 de 29.06.2011) Ref. Base Datos 007643/2011

CORRECCIÓN de errores del Decreto 56/2011, de 20 de mayo, del Consell, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana, del Reglamento del Juego del Bingo, del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, y del Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego. [2011/7375]
Se han observado errores en la publicación del citado Decreto (DOCV 6540 de 10.06.2011), por lo que procede efectuar las siguientes correcciones:

- En el artículo 15 del anexo IV, por el que se da nueva redacción al artículo 25 del Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego, donde dice:
«1. En aquellos salones de juego en los que se interconecten máquinas de tipo B a que hace referencia el artículo 24.4.b), en los que se interconecte cualquier máquina de tipo B con las instaladas en otro u otros salones de juego, y en los que se instalen máquinas de tipo B especiales para salas de Bingo existirá un servicio de admisión»;
Debe decir:
«1. En aquellos salones de juego en los que se interconecten máquinas de tipo B a que hace referencia el artículo 24.4.b), en los que se interconecte cualquier máquina de tipo B con las instaladas en otro u otros salones de juego, y en los que se instalen máquinas de tipo B especiales para salones de juego existirá un servicio de admisión».

- En la disposición transitoria segunda, Autorizaciones de instalación y permisos de funcionamiento de salas de bingo y de salones recreativos y de juego, donde dice:
«Los procedimientos de autorización de instalación y permiso de funcionamiento de salas de bingo y de salones recreativos y de juego que, a la entrada en vigor del presente decreto, se encuentren en tramitación y pendientes de resolución, se regirán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud»;
Debe decir:
«Los procedimientos de autorización de instalación y permiso de funcionamiento de salas de bingo y de salones recreativos y de juego, se regirán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud de autorización de instalación».

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