Ficha disposicion

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Extracto de la Resolución de 15 marzo de 2021, de la Universidad de Alicante, por la que se convocan becas para exención de tasas de matrícula por servicios académicos en la Universidad de Alicante para estudios de grado en el curso 2020-2021.



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Publicado en:  DOGV núm. 9046 de 23.03.2021
Número identificador:  2021/2853
Referencia Base Datos:  002635/2021
 

  • Análisis documental

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    Origen disposición: Universidad de Alicante
    Grupo Temático: Becas y prácticas de formación



Extracto de la Resolución de 15 marzo de 2021, de la Universidad de Alicante, por la que se convocan becas para exención de tasas de matrícula por servicios académicos en la Universidad de Alicante para estudios de grado en el curso 2020-2021. [2021/2853]

BDNS (identif.): 553561.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/553561



Primero. Beneficiarios

Estudiantes que cursen enseñanzas conducentes a títulos oficiales de Grado, en la Universidad de Alicante y sus centros adscritos, en el curso 2020-2021 y que reúnan los siguientes requisitos:

Poseer la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea.

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

A) Requisitos académicos:

1. Cursar estudios de Grado oficial en la Universidad de Alicante.

2. Acreditar una matrícula mínima de 48 créditos. Así mismo, deberán cumplir este mismo requisito respecto al curso anterior, excepto el alumnado que inicie estudios. No será exigible este requisito, por una sola vez, al alumnado que le reste para finalizar sus estudios un número de créditos inferior. Los créditos convalidados, adaptados, reconocidos o transferidos no entran a formar parte de estos mínimos

3. Excepto al alumnado que inicie estudios, se requerirá haber alcanzado en el curso académico anterior las siguientes condiciones de rendimiento académico:

– Haber obtenido una calificación media de, al menos, 3,4 puntos en estudios de la rama de Ingeniería y Arquitectura y 4,25 en los estudios del resto de ramas de conocimiento.

– Haber superado el 50 % de los créditos matriculados en estudios de las ramas de Ingeniería y Arquitectura y Ciencias, el 60 % en el caso de estudios de la Rama de Ciencias de la Salud o el 70 % en el resto de estudios universitarios.

B) Requisitos Económicos:

No superar los umbrales de renta y patrimonio establecidos en la convocatoria anual de becas de la Generalitat Valenciana para la realización de estudios universitarios en las universidades de la Comunidad Valenciana.

El cómputo de renta se hará referido al tiempo que señale dicha convocatoria o a la parte del año natural del inicio del curso académico de la convocatoria cuando, por infortunio económico, haya disminuido la renta de la unidad familiar.



Segundo. Objeto

La exención de tasas de matrícula por servicios académicos para el alumnado que curse enseñanzas conducentes a títulos oficiales de Grado, en la Universidad de Alicante y sus centros adscritos en el curso 2020-2021. Con la finalidad de la no exclusión del estudio en la Universidad de Alicante por razones económicas, prestando especial atención a las personas con cargas familiares, víctimas de la violencia de género y personas con dependencia y discapacidad, garantizando así su acceso y permanencia en los estudios universitarios.



Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras específicas están publicadas en el DOGV de día 9 de marzo de 2021:

http://www.dogv.gva.es/datos/2021/03/09/pdf/2021_1976.pdf

La convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante de día 15 de marzo de 2021:

https://www.boua.ua.es/pdf.asp?pdf=6275.pdf



Cuarto. Cuantía

La dotación económica de la convocatoria son 250.000 euros, de la cual se destinará un máximo del 10 % para cubrir las ayudas previstas en la disposición adicional primera de las bases reguladoras de la presente convocatoria.

Cuantía individualizada de la beca: el 75 % de las tasas de matrícula, hasta un importe máximo de 1.000 euros. La beca solo alcanzará a los créditos matriculados en primera matrícula en el curso 2020-2021.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, computados desde el día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el DOGV.



Alicante, 15 de marzo de 2021.– La rectora: Amparo Navarro Faure.

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